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Con el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) la autoridad mexicana ya tendrá un tiempo límite de 120 días para dar una determinación si una mercancía ya comercializada cumple o no con la regla de origen que le corresponda, lo cual no existía en el pacto anterior de la región
Norteamérica.
"La Parte (país) que realiza la verificación deberá, tan pronto como sea posible y dentro de 120 días posteriores de haber recibido toda la información necesaria para hacer la determinación, proporcionar una determinación por escrito", se lee en el artículo 5.9 del T-MEC.
Cuando en México existen acusaciones por parte de algunas empresas de que los productos que ingresa otra empresa no cumplen con la regla de origen de la región T-MEC, que les da beneficios arancelarios a su entrada, solicitan que el Servicio de Información Tributaria (SAT) haga las revisiones correspondientes, informó Arturo Tiburcio, socio de Hogan Lovells, firma global en temas legales. Por lo que el SAT emite un cuestionario al exportador, ya sea que se ubique en Estados Unidos o Canadá, donde solicita que se desglosen las metodologías económicas que determinan el origen y comprobar si cumple con la regla, explicó Tiburcio.
De no cumplir con la regla, será el importador en México, es decir, el que recibió la mercancía, el que tendrá que pagar el arancel, a partir de la fecha en que la autoridad determinó esto, después de hacer la revisión, más recargos y multas, detalló Tiburcio.
Acotar las revisiones en un periodo de 120 días beneficia al importador de que no se acumule el monto del arancel a pagar por un tiempo más prolongado, pues los productos que se revisan son los que ya se vendieron dentro del mercado mexicano, destacó el especialista.