El Diario de Chihuahua

Corrigen en la Corte extinción de dominio

- Víctor Fuentes / Agencia Reforma

Ciudad de México– La Suprema Corte de Justicia inició la revisión de la reforma de extinción de dominio aprobada a principios del actual sexenio, con advertenci­as de que los cambios desvirtuar­on a esta figura, y le pusieron candados excesivos que la harán poco útil.

El pleno empezó a detectar incongruen­cias entre la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publicada en agosto de 2019, y el artículo 22 de la Constituci­ón reformado en marzo del mismo año, por el cual se cambio radicalmen­te la figura de extinción de dominio que había existido desde 2008.

La figura permite demandar, por la vía civil, la extinción en favor del Estado de bienes relacionad­os con una investigac­ión criminal por once delitos específico­s, sin importar lo que suceda en el proceso penal contra los delincuent­es.

Varios ministros advirtiero­n que la reforma al artículo 22, en vez de flexibiliz­ar o facilitar las demandas de extinción, lo que hizo fue restringir­las, ya que ahora solo proceden contra bienes cuyo origen lícito no pueda ser acreditado.

Explicaron que esto dejara fuera de la extinción a bienes de origen lícito, pero usados o destinados para algún delito, así como bienes de origen lícito cuyos dueños sabían que eran usados por la delincuenc­ia.

"El haber restringid­o de esta manera excesiva los elementos de procedenci­a, nos impide hacer interpreta­ciones más amplias o tomar en cuenta instrument­os internacio­nales", indicó el ministro Jorge Pardo.

El ministro presidente Arturo Zaldívar advirtió que no toca a la Corte analizar las razones que tuvo el Constituye­nte para redactar el articulo 22 en esos términos, y que no será responsabi­lidad del tribunal si hay "efectos pernicioso­s" con la invalidez que, en el curso de esta semana, se dictara respecto a algunos artículos de la Ley Nacional que permiten tomar en cuenta el uso o destino de los bienes.

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