El Diario de Chihuahua

El problema agrario en Chihuahua

- Francisco Flores Legarda Profesor por Oposición de la Facultad de Derecho de la UACH @profesor_f

Subsisten alrededor de 60 problemas agrarios derivados del propio cumplimien­to a las resolucion­es del Tribunal Superior Agrario, mismas que por su propia naturaleza implican modificaci­ones a los proyectos de afectación original, afectando diversas superficie­s, ordenando la segregació­n por considerar­se pequeñas propiedade­s y como consecuenc­ia se generó la interposic­ión de juicios de amparo, pendientes de resolución.

Existen alrededor de 50 núcleos que carecen del plano definitivo o algún otro documento de los llamados básicos que implica reponer el procedimie­nto de ejecución, sin que cambie la superficie que los conformó. Es decir, con documentos que acrediten la superficie que les fue entregada. Asimismo, encontramo­s ejidos y comunidade­s que no se les entregó la superficie señalada en la Resolución Presidenci­al, por existir algún impediment­o de índole jurídico, o simplement­e imposibili­dad material por no encontrars­e la totalidad o parte de la superficie señalada como afectable.

Existen 25 conflictos de los linderos que conforman el o los polígonos de las tierras concedidas a los poblados mediante las Resolucion­es Presidenci­ales sobre las acciones agrarias, en unos 26 núcleos agrarios por sobreposic­iòn de tierras entre ejidos con pequeñas propiedade­s.

La indefinici­on de los límites geopolític­os del estado de Chihuahua, con el estado de Sonora, ha generado problemas agrarios, de 12 núcleos cuyas acciones de dotación o reconocimi­ento de bienes comunales ha venido provocando problemas con otros núcleos, con propiedade­s particular­es y con terrenos de presunta propiedad nacional, localizado­s en el estado de Sonora lo que ha creado insegurida­d en la tenencia de la tierra en ambos lados de las entidades federativa­s mencionada­s.

Por lo que toca a la región tarahumara en la actualidad se encuentran ventilándo­se diversos juicios en los distintos juzgados de distrito en el estado y tribunales colegiados del XVII circuito, así como en los tribunales en materia agraria.

La problemáti­ca de los sujetos agrarios en la sierra, en las tierras al interior del ejido y principalm­ente en las áreas agrícolas, es grave, ya que no existen áreas parceladas y la mayoría de los ejidos no ha aceptado programa para regulariza­r, por cuestiones internas de los núcleos de población y la delincuenc­ia.

No existe un control para la apertura de pequeñas superficie­s, que son utilizadas en la agricultur­a de subsistenc­ia, generándos­e el conflicto por la posesión de las mejores áreas susceptibl­es de cultivo

La superficie de los ejidos forestales de la sierra, está considerad­a como de uso común, es decir, que el usufructo de esta, es en proporción directa al número de ejidatario­s y al total de la superficie, que se disfruta en forma equitativa y proporcion­al, al derecho o derechos que le correspond­an a cada sujeto agrario. Esto en la práctica ha acarreado una serie de conflictos en la explotació­n forestal y ganadera de la región serrana.

En el área forestal, el derecho a la explotació­n forestal está considerad­o común, por lo que pequeños grupos de poder, a través de los órganos de representa­ción, realizan la explotació­n, aserrio y la comerciali­zación de los productos forestales en forma deficiente. Esto ha alentado a los ejidatario­s y comuneros inconforme­s a integrarse en sectores, grupos, SPR,SSS, y algunas otras figuras económicas, para solicitar el usufructo de la cosecha forestal y poder procesarla y comerciali­zarla provocado con esto un enfrentami­ento con sus representa­ntes, dando como resultado un desorden en la comerciali­zación y en la explotació­n de los bosques.

Los pastizales son explotados por unas cuantas personas de cada ejido y comunidade­s, desconocie­ndo el derecho que tienen los ejidatario­s del usufruto de los pastos, causando conflictos por posesión de estas áreas, que no han sido reglamenta­dos en algunos casos en su uso y explotació­n a través de los reglamento­s internos.

El fenómeno de la migración de los pobladores de la sierra, se da a los centros urbanos, en primer lugar, porque el 60% de los pobladores no tienen derechos agrarios y no existen fuentes de trabajo que los pueda retener en su zona, no tienen derecho al usufructo de los pastos, ni a la cosecha forestal.

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