El Diario de Chihuahua

Concilio colegial y PASTORAL

- Cristina Alba Michel / Colbaoraci­ón / El Diario

1 . El Vaticano II trató de renovar el mensaje cristiano desde una triple exigencia:

-Retorno a las fuentes de la palabra de Dios y de la liturgia,

-Cercanía a la realidad social del mundo,

-Revisión profunda de la Iglesia como pueblo de Dios.

Esto es, desde una nueva vivencia eclesial en el Espíritu del Evangelio, para el servicio del mundo, por el Reino de Dios.

Con otras palabras, el Concilio buscó ubicar a la Iglesia como "oyente de la palabra de Dios", en diálogo con el mundo. O también: qué pide Cristo a su Iglesia con respecto al mundo, para atraer al mundo a la Iglesia, a Cristo, a la misericord­ia de Dios [que algunos han trivializa­do, mas no los Padres conciliare­s].

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. Este mensaje debería darse a conocer sobre un terreno "preferente­mente pastoral", de teología pastoral, y no tanto mediante definicion­es dogmáticas que además, no se contemplab­an necesarias. Así tenemos que el Concilio Vaticano II recurre al lenguaje de la Escritura, de los Padres, al lenguaje simbólico, esto es, precisamen­te al lenguaje pastoral: "que inspira, edifica e interpela".

Al respecto, Juan XXIII puso de relieve ya desde su discurso inaugural, la importanci­a de "un magisterio de carácter preferente­mente pastoral", y perdón por la insistenci­a en el término, pero queremos insistir, pensando que sirva para que, quienes no han entendido algunos gestos e iniciativa­s de los recientes pontificad­os, los comprendan mejor: el Concilio no trabajó con la doctrina buscando desviacion­es o herejías, sino con la aplicación en la vida diaria, en la vida personal, en la vida comunitari­a, de esa doctrina, doctrina que reflejara el Evangelio vivo, el Evangelio de Cristo, del Señor vivo que quiere seguir recorriend­o las calles del mundo contemporá­neo para tocar a los hombres concretos, ahí donde su vida se desarrolla, con lo que de anhelos, problemas, cuestionam­ientos, dificultad­es y alegrías aquella tiene. De ahí la "Gaudium et spes", por ejemplo.

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. En efecto, la dimensión pastoral -volvemos a la misma palabradel Vaticano II se advierte en todos sus documentos principale­s, según los testigos durante el desarrollo mismo de las discusione­s: ya desde el esquema sobre "las fuentes de la revelación" que desembocó en la Dei Verbum, hasta la hora en que se denominó a la Gaudium et spes "constituci­ón 'pastoral'".

¿Cómo se plasmó, a final de cuentas, esa dimensión pastoral? En aspectos tan destacados como una "nueva conciencia de ser Iglesia" -plasmada ya desde el espíritu colegial de los Padres-, en la renovación de la vida cristiana de adentro hacia afuera, en la búsqueda del diálogo con el mundo, con las Iglesias no católicas y con las religiones no cristianas, particular­mente, con los judíos, lo cual algunos grupos todavía deploran, lamentable­mente, pese a que los Papas a partir de San Pablo VI hasta Francisco, han realizado una y otra vez esos gestos de búsqueda de diálogo, reconcilia­ción, conocimien­to y comprensió­n mutuos, convivenci­a fraterna; desde el abrazo del Papa Montini con el Patriarca Atenágoras, pasando por la primera visita de un Papa a una mezquita con Juan Pablo II y el Patio de los Gentiles de Benedicto XVI, hasta los Viernes de la Misericord­ia de Papa Francisco y muchos más gestos y discursos de cercanía.

4 . Asamblea que Testigos se de trató la presencial­es Iglesia coinciden de "una entera". obra en de señalar la colectiva gran de Historia El Pbro. del Antonio Cristianis­mo, Acerbi, profesor escribió que "El programa del Concilio no consistió en hacer nuevas declaracio­nes dogmáticas, sino una reflexión global, en una línea PASTORAL, de la misión de la Iglesia y de sus formas de actuación frente a la situación concreta del hombre y de la sociedad mundial de nuestro tiempo", y aunque pudiera alguno decir que de "su" tiempo, se faltaría a la verdad si dijera que aquella pastoral YA NO es necesaria. Al contrario, en NUESTRO tiempo, creo que sea más necesaria todavía que ayer.

5 . Juan Pablo II en su constituci­ón apostólica Sacrae disciplina­e leges (SDL), con la cual presentó el nuevo Código de Derecho Canónico de 1983, explica que la decisión de la reforma del Código por parte del Papa Juan, fue simultánea a la de celebrar un Sínodo para la diócesis de Roma y un Concilio para la Iglesia universal, y señala: "aunque el primero de estos acontecimi­entos no tiene íntima relación con la reforma del Código... el Concilio... se vincula estrechame­nte con él", puesto que "la reforma del Código la quería y exigía claramente el mismo Concilio, que había fijado su atención principalm­ente en la Iglesia". Esto es, por la mirada "ad intra" que antes mencionamo­s. 6 . Al nuevo Código Juan Pablo II lo describe pleno del espíritu conciliar: según "la naturaleza de los trabajos que han precedido a la promulgaci­ón del Código, así como a la manera como se llevaron a cabo, especialme­nte durante los pontificad­os de Pablo VI y Juan Pablo I, y luego hasta nuestros días, es necesario absolutame­nte poner de relieve... que fueron llevados a término con un espíritu plenamente colegial", no sólo en su forma externa, "sino en la esencia misma de las leyes elaboradas... esta nota de colegialid­ad... correspond­e perfectame­nte al Magisterio y a la índole del Concilio Vaticano II. Por lo cual, el Código, no sólo por su contenido, sino también desde su primer comienzo, demuestra el espíritu de este Concilio, en cuyos documentos la Iglesia, universal 'sacramento de salvación', es presentada como Pueblo de Dios y su constituci­ón jerárquica aparece fundada sobre el Colegio de los Obispos juntamente con su Cabeza".

7 .Al leerla constituci­ón sacra e disciplina­el e ges, vemos que juanpab lo II destaca, referidos al Concilio, "los elementos que expresa n la verdadera y propia imagen de la Iglesia ", y menciona"principalm­ente estos: la doctrina que propone a la Iglesia como el pueblo de Dios y a la autoridad jerárquica como servicio; además, la doctrina que expone a la Iglesia como comunión, y establece, por tanto, las relaciones mutuas que deben darse entre la Iglesia particular y la universal, y entre la colegia lid ad y el prima do; también la doctrina según la cual todos los miembros del pueblo de Dios participan, a su modo propio, de la triple función de cristo ... sacerdotal, profética y regia". A esta doctrina -prosigue- "se junta la que considera los deberes y derechos de los fieles... concretame­nte de los laicos y, finalmente, el empeño que la Iglesia debe poner por el ecumenismo".

De este modo, cuando promulga el nuevo Código, lo muestra como complement­o del magisterio conciliar, y de alguna manera imagen del Concilio mismo.

Para él, mediante su trabajo colegial centrado en la teología pastoral, el Concilio Vaticano II entrega un mensaje pleno "del tesoro... de las cosas antiguas y nuevas" (Cf. Mt 13,52).

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