El Diario de Chihuahua

En diez días habría sanción para juez

- Orlando Chávez/el Diario ochavez@diario.com.mx

La Unidad de Investigac­ión de Responsabi­lidades Administra­tivas, tiene hasta diez días hábiles para emitir un dictamen, en el caso del juez Samuel Uriel Mendoza Rodríguez, quien vinculó a proceso a la ahora gobernador­a Maru Campos Galván, y es que luego de una investigac­ión sobre las situacione­s existentes respecto al asunto, el resultado fue que se cometieron faltas graves y no graves, al señalar el juzgador que recibió presiones mientras estaba el proceso judicial.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece, en su artículo 253, que una vez que concluya una investigac­ión respecto al actuar de alguno de los integrante­s, existe un plazo de diez días hábiles para que se emita una resolución sobre las faltas.

“La determinac­ión sobre el no ejercicio de acción de responsabi­lidad administra­tiva deberá ser notificada a la parte denunciant­e, quien podrá impugnarla ante la autoridad substancia­dora dentro de los cinco días hábiles posteriore­s a que sea notificada dicha determinac­ión, mediante escrito en el que deberá expresar sus agravios”, se puede leer en el mismo artículo.

Las sanciones más graves que establece la ley son la destitució­n del cargo de manera definitiva, incluso la inhabilita­ción.

Ayer se dio a conocer que la Unidad de Investigac­ión y Responsabi­lidades Administra­tivas (UIRA) del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que el juez Samuel Uriel Mendoza Rodríguez, quien vinculó a proceso a la ahora gobernador­a Maru Campos Galván y a los exdiputado­s locales, Rodrigo de la Rosa Ramírez y María Ávila Serna, dentro de la causa penal 2821/2020, incurrió en faltas administra­tivas graves y no graves, tras recibir y aceptar presiones por parte del Poder Ejecutivo, encabezado por Javier Corral Jurado, las cuales respondían a intereses políticos y de otras índoles ajenas al Poder Judicial.

La investigac­ión de la UIRA inició luego de que el 11 de febrero de 2022, el propio juzgador reconocier­a en una entrevista brindada a El Diario en las instalacio­nes de la Ciudad Judicial, que había recibido presiones en general por intereses políticos que pretendían influir en su resolución de vinculació­n a proceso, pero dichos actos nunca fueron denunciado­s por Mendoza ante una instancia correspond­iente del Poder Judicial.

Ayer el Tribunal de Justicia del Estado descartó hacer un señalamien­to respecto a la investigac­ión y la resolución, ya que a través de Comunicaci­ón Social, indicó que la Unidad es independie­nte del Tribunal Superior de Justicia. Hasta ayer el juez seguía en funciones.

En lo que respecta a las sanciones a las faltas graves el artículo 242 de la Ley Orgánica los siguientes puntos:

I. Suspención del empleo, cargo o comisión, la cual podrá ser de treinta a noventa días naturales.

II. Destitució­n del empleo, cargo o comisión.

III. Sanción económica. IV. Inhabilita­ción temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, en los términos que establece la presente Ley.

La autoridad resolutora podrá imponer una o más de las sanciones señaladas, siempre y cuando sean compatible­s entre sí, y de acuerdo a la gravedad de la falta administra­tiva.

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