En diez días habría sanción para juez
La Unidad de Investigación de Responsabilidades Administrativas, tiene hasta diez días hábiles para emitir un dictamen, en el caso del juez Samuel Uriel Mendoza Rodríguez, quien vinculó a proceso a la ahora gobernadora Maru Campos Galván, y es que luego de una investigación sobre las situaciones existentes respecto al asunto, el resultado fue que se cometieron faltas graves y no graves, al señalar el juzgador que recibió presiones mientras estaba el proceso judicial.
La Ley Orgánica del Poder Judicial establece, en su artículo 253, que una vez que concluya una investigación respecto al actuar de alguno de los integrantes, existe un plazo de diez días hábiles para que se emita una resolución sobre las faltas.
“La determinación sobre el no ejercicio de acción de responsabilidad administrativa deberá ser notificada a la parte denunciante, quien podrá impugnarla ante la autoridad substanciadora dentro de los cinco días hábiles posteriores a que sea notificada dicha determinación, mediante escrito en el que deberá expresar sus agravios”, se puede leer en el mismo artículo.
Las sanciones más graves que establece la ley son la destitución del cargo de manera definitiva, incluso la inhabilitación.
Ayer se dio a conocer que la Unidad de Investigación y Responsabilidades Administrativas (UIRA) del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió que el juez Samuel Uriel Mendoza Rodríguez, quien vinculó a proceso a la ahora gobernadora Maru Campos Galván y a los exdiputados locales, Rodrigo de la Rosa Ramírez y María Ávila Serna, dentro de la causa penal 2821/2020, incurrió en faltas administrativas graves y no graves, tras recibir y aceptar presiones por parte del Poder Ejecutivo, encabezado por Javier Corral Jurado, las cuales respondían a intereses políticos y de otras índoles ajenas al Poder Judicial.
La investigación de la UIRA inició luego de que el 11 de febrero de 2022, el propio juzgador reconociera en una entrevista brindada a El Diario en las instalaciones de la Ciudad Judicial, que había recibido presiones en general por intereses políticos que pretendían influir en su resolución de vinculación a proceso, pero dichos actos nunca fueron denunciados por Mendoza ante una instancia correspondiente del Poder Judicial.
Ayer el Tribunal de Justicia del Estado descartó hacer un señalamiento respecto a la investigación y la resolución, ya que a través de Comunicación Social, indicó que la Unidad es independiente del Tribunal Superior de Justicia. Hasta ayer el juez seguía en funciones.
En lo que respecta a las sanciones a las faltas graves el artículo 242 de la Ley Orgánica los siguientes puntos:
I. Suspención del empleo, cargo o comisión, la cual podrá ser de treinta a noventa días naturales.
II. Destitución del empleo, cargo o comisión.
III. Sanción económica. IV. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, en los términos que establece la presente Ley.
La autoridad resolutora podrá imponer una o más de las sanciones señaladas, siempre y cuando sean compatibles entre sí, y de acuerdo a la gravedad de la falta administrativa.