Reflexiones sobre la marcha del 8 de marzo
Previo a exponer algunas reflexiones sobre unos hechos que se presentaron en la marcha del 8 de marzo, preciso dos cuestiones, primera, las mujeres que se manifestaron dicho día, exigiendo derechos y garantía de un interés legítimos, se comportaron de cierto modo y fue fácil darse cuenta del fin legítimo que perseguían al participar en la marcha; segunda, la mezcla en la marcha de personas con gasolina, y otro tipo de instrumentos para causar daños, fue evidente se comportó de diverso modo, lo que hace fácil también entender su finalidad y causa que les motiva.
En el obrar de las mujeres que participaron en la marcha era fácil distinguir las características que hacían diferentes a quienes tenían una finalidad fuera de interés legítimo alguno. Su manifestación pública y protesta social se encuentran dentro de los fines lícitos y legítimos de la manifestación de ideas y la libertad de asociación, contenidos en los artículos 6 y 9 de la Constitución Federal, derechos por medio de los cuales se reclaman otros, preciso: como una vida libre de violencia o de acoso sexual o laboral.
Estas mujeres que decidieron salir a las calles en dicha fecha, lo hicieron para exigir garantías a sus derechos, formularon protestas mediante expresión de opiniones, difusión de información y articulación de demandas que constituyen objetivos centrales de la protesta; entonces, esa manifestación de ideas contiene el deseo de bienestar que las inclinó u orientó a todas ellas hacia una misma dirección, por el hartazgo ante la insuficiencia de esquemas o nulos resultados que les garanticen sus derechos; también, con la finalidad de desarrollarse con la seguridad de que su integridad física esté asegurada.
Contrario al primer grupo, encontramos algunas personas, entre ellas hombres encapuchados, con gasolina, martillos y diversos instrumentos con la clara finalidad de cometer delitos mediante la destrucción o daño de edificios públicos y privados, basta observar los daños causados al edificio de Rectoría y el intento de incendiar las vallas que rodeaban Palacio de Gobierno.
En los actos vandálicos llevados a cabo en la marcha, podemos observar grupos con una finalidad distinta, derivada de una causa ilegítima diversa que los mueve a pensar, obrar y sentir diferente, no son producto de la casualidad ni del ánimo de defender los derechos de las mujeres, sino que están encaminados a producir miedo en la sociedad y desprestigio de la autoridad legitimante elegida y constituida.
Otra evidencia que encontramos en la marcha es que la mayoría de las mujeres que participan no intervienen en los actos vandálicos, no influye en ellas el interés oculto que subyace en aquellos infiltrados que buscan destruir los edificios públicos, la desestabilización de un gobierno que consideran contrario al grupo ideológico al que pertenecen.
Quienes defienden, victimizan y pretenden justificar los hechos vandálicos constitutivos de delitos, ¡se equivocan! las acciones tomadas por el Gobierno del Estado se ajustan perfectamente a los estándares sobre los derechos involucrados en la protesta social y las obligaciones que deben guiar la respuesta estatal, tratándose de protesta y derechos humanos, elaborados por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
De ahí que sea claro que las acciones tomadas por Gobierno del Estado están previstas en la Ley; estas de ninguna manera trasgredieron los derechos humanos de quienes legítimamente marcharon. Garantizó los objetivos legítimos de las mujeres que se manifestaron en la marcha, esto es el derecho a la manifestación de las ideas y libertad de asociación. Instalar vallas metálicas era necesario para resguardar del edificio de Gobierno del Estado y del Municipio, ambos patrimonio de la sociedad.
Felicidades a las autoridades que garantizaron los derechos humanos de las mujeres, y enfrentaron con inteligencia, firmeza, prudencia y eficacia a los trasgresores de la moral, seguridad y paz social.