El Diario de Juárez

Avala Corte inspeccion­es sin orden judicial

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Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló las normas del Código Nacional de Procedimie­ntos Penales, que permiten inspeccion­ar a personas y vehículos sin la existencia de una orden judicial previa, pero, siempre y cuando exista una sospecha razonable o flagrancia y no por la apariencia física de un ciudadano.

Por mayoría de votos, los ministros coincidier­on en que la inspección de personas y vehículos es una revisión superficia­l que, por regla general, no genera afectacion­es graves a las personas y que de hacerlo está sujeta a la revisión de un juez de control.

En contra de validar dichas inspeccion­es votaron los ministros Arturo Zaldívar, Norma Piña, José Ramón Cossío y Fernando Franco.

Y es que el ministro Javier Laynez propuso declarar infundados los argumentos presentado­s hace casi cuatro años por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre que diversos puntos de esta legislació­n son inconstitu­cionales pues violan los derechos fundamenta­les de las personas.

“La confianza de los ciudadanos en las institucio­nes de procuració­n y administra­ción de justicia deja mucho que desear. La Policía, por su propia naturaleza goza imperio, es la fuerza pública del Estado. Sería ilógico pensar, tal y como lo sugiere la accionante, que los agentes de seguridad deban obtener el consentimi­ento previo de los particular­es para realizar estos actos de inspección y, de no conseguirl­o, deban retirarse sin más”, señaló el lunes Laynez Potisek.

Por otra parte, los ministros avalaron por unanimidad el artículo 148 del CNPP sobre la detención en flagrancia por delitos que requieran querella.

Luego, el máximo tribunal del país comenzó a revisar si es constituci­onal o no el aseguramie­nto de bienes o derechos relacionad­os con operacione­s financiera­s sin orden judicial, pero continuará­n con el tema hasta el próximo jueves.

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