QUÉ DICE LA LEY
Código Penal de Chihuahua
» ARTÍCULO 197, INCISO DOS
De seis meses a 3 años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario, así como multa de 50 a 200 días, a quien atente contra la dignidad humana o niegue un servicio o una prestación a la que la persona tenga derecho
Código Penal Federal
» ARTÍCULO 149
De uno a 3 años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad y hasta 200 días multa a quien atente contra la dignidad humana o niegue un servicio o una prestación a la que la persona tenga derecho