‘Plan B’ debilita a INE
Prevé despidos, liquidación de sus fideicomisos y la prohibición para crear otros
Ciudad de México— La propuesta del “plan B” de reforma electoral, propuesta ayer por el Ejecutivo federal, quita facultades al INE y obliga a una reestructura administrativa que prevé despidos, la modificación del Servicio Profesional Electoral, la liquidación de sus fideicomisos y la prohibición para crear otros, entre otras disposiciones.
Una vez desecha la propuesta de reforma constitucional, por no tener el apoyo de la oposición, se daría ayer mismo trámite a la iniciativa de reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Ley General de Partidos Políticos.
Se prevé una nueva legislación, con derogaciones y adiciones, que tendrán que ponerse en aplicación en lo inmediato y a lo largo del 2023.
Al entrar en vigor la nueva legislación electoral, será destituido de inmediato el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, Edmundo Jacobo, mano derecha de Lorenzo Córdova en el Consejo General.
Desaparecen como órganos centrales del INE la Junta General Ejecutiva y la Secretaría Ejecutiva, y quedan solo el Consejo General y la Presidencia del Consejo General.
Se establece que la obligación para el INE es de organizarse conforme al principio de “desconcentración administrativa”.
Se crea un solo Servicio Profesional Electoral Nacional, que en la ley actual prevé dos sistemas, uno para el Instituto y otro para los Organismos Públicos Locales.
Derogan la disposición de que “adicionalmente” el Instituto contará con personal adscrito a una rama administrativa para el óptimo desempeño de las funciones institucionales, que se regirá por el estatuto a que se hace referencia en el párrafo anterior.
Se define que el Instituto y los Órganos Públicos Locales de las entidades federativas integrarán el Sistema Nacional Electoral y tienen a cargo la función de organizar elecciones y consultas en su ámbito de competencia.
Se precisa que el INE debe ejercer sus recursos presupuestarios conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
No puede destinar ahorros, economías o remanentes presupuestales a la Constitución u operación de fideicomisos. Tampoco puede contratar seguros de gastos médicos mayores o de separación individualizada, o esquemas similares de contratación.
Además queda prohibido al Instituto realizar erogaciones, reasignaciones o crear nuevos programas o proyectos con cargo a ahorros y economías de su Presupuesto que tengan por objeto evitar el reintegro de recursos a que se refiere este párrafo.