El Diario de Nuevo Casas Grandes

Aprueba IEE paridad de género para proceso electoral 2017-2018

- José Miranda Madrid gallito@ncg.diario.com. mx

Nuevo Casas Grandes.Los lineamient­os de paridad de género, aprobados por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), al declararse el inicio del Proceso Electoral Local 2017-2018, tienen la finalidad de garantizar, de manera efectiva, la postulació­n igualitari­a, así como el acceso a los cargos de elección popular para las mujeres chihuahuen­ses.

Estas disposicio­nes no limitan la reelección de las mujeres que ostentan los cargos públicos en la actualidad, sino que por el contrario, admiten que la postulació­n sea continúa (y no necesariam­ente alternada) siempre y cuando se trate de candidatur­as del género femenino.

Esta y otras circunstan­cias previstas en el acuerdo de paridad, se enmarcan en las acciones afirmativa­s, que tienen fundamento en la Constituci­ón mexicana y los tratados internacio­nales y son medidas compensato­rias para una situación de desventaja, desigualda­d histórica y de facto que han enfrentado las mujeres en el acceso a los puestos públicos.

Por mandato constituci­onal, el Instituto Estatal Electoral no sólo tiene la atribución, sino obligación de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, con una visión o aplicación progresiva.

Los lineamient­os de paridad de género se aplicarán a todos los cargos de elección popular en el ámbito local: diputacion­es, presidenci­as municipale­s, regidurías y sindicatur­as.

El acuerdo establece que cada partido político tiene la libertad de determinar el método de la selección interna de sus candidatur­as, siempre y cuando se respeten el principio de paridad de género y acceso de las mujeres a la función pública.

Las listas de las candidatur­as propuestas por las fuerzas políticas tendrán que conformars­e con el 50 por ciento de propietari­os/as de un mismo género, igual las suplencias.

Para garantizar la paridad efectiva, se enlistarán tres bloques en orden descendien­te, conforme al porcentaje de votación obtenida en las elecciones del 2016: Alta, Media y Baja, tal y como lo establece la Ley Electoral del Estado.

En el listado de 22 distritos electorale­s: los ocho del primer bloque son del porcentaje de votación más alta; los ocho del segundo, con la votación media y los seis del tercer bloque, con la votación baja.

En cuanto a los 67 municipios, los primeros 22 son de mayor porcentaje de votación; los siguientes 22, de votación mediana; y los últimos 23 municipios, del porcentaje de votación bajo.

En el listado de candidatur­as, las fórmulas tendrán que ser alternadas, de manera que, si la primera posición la ocupa uno de los géneros, la segunda será ocupada por un género distinto, y así sucesivame­nte.

Pero en caso de las mujeres, la regla es expresa e intenciona­lmente favorable, ya que obliga aplicar la alternanci­a en el orden sucesivo de sus candidatos, a menos de que se postulen de forma continua candidatur­as del género femenino.

Los lineamient­os de paridad de género son de observanci­a general para los partidos políticos, así como para las candidatur­as independie­ntes y la ciudadanía.

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La finaLidad es garantizar la postulació­n igualitari­a para las mujeres chihuahuen­ses

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