El Economista (México) - Previsión
Beatriz Rosado Cebrián - Pensiones internacionales, una mirada en otro lado.
EN LOS ÚLTIMOS AÑOS se ha producido una oleada de reformas de los sistemas de seguridad social y, por tanto, de sus sistemas de pensiones. En la mayor parte de Europa se siguen manteniendo sus sistemas de reparto, pero con modificaciones en sus parámetros, siendo éste el caso de España, Italia y Portugal, en los que además se establecen instrumentos de previsión social complementaria; sin embargo, en países como Dinamarca, Finlandia, Gran Bretaña, Irlanda, Holanda y Suecia (con el sistema de cuentas nacionales de aportación definida), se mantiene la solidaridad propia del sistema del reparto, pero sus sistemas se orientan hacia una mayor capacidad de elección de los trabajadores entre el sistema público y el privado, además de la existencia de un sistema universal de prestaciones cubiertas por el Estado y un sistema profesional obligatorio. Por su parte, países como Alemania, Bélgica, Suiza y Francia presentan sistemas intermedios entre la capitalización y el reparto.
En las reformas paramétricas del sistema de reparto, se ha incorporado un factor de sostenibilidad que depende de la evolución de la esperanza de vida de la población (Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Suecia y España). Por otra parte, España, Hungría y Alemania han modificado la forma de revalorizar sus pensiones, en función de la evolución de variables como el PIB, el IPC, del número de cotizantes y pensionistas, y de los ingresos y gastos del sistema en cada periodo.
En América Latina, Chile inicia en 1981 una reforma estructural, según la cual el único sistema para el otorgamiento de pensiones es el de capitalización individual de administración privada, aunque no será hasta los años 90 cuando el resto de países latinoamericanos incorporan reformas estructurales en sus sistemas de previsión social. Las reformas han continuado en los últimos años, tal es así que Chile realizó modificaciones en el 2008 y nuevas propuestas en el 2015. Argentina de- sarrolló una reversión al sistema de beneficios definidos como único sistema, y los casos de Nicaragua y Ecuador regresan al reparto, pero con reformas paramétricas.
EL CASO MéXICO
Por su parte, en 1995 México reformó su Ley del Seguro Social, que regula el funcionamiento de las prestaciones que otorga el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS). A partir de la nueva ley, se optó por la sustitución de las pensiones de beneficio definido generadas mediante reparto, por el de contribuciones definidas y capitalización individual de administración privada, desde julio de 1997. Una nueva reforma que inicia vigencia el 1 de abril del 2007 determina modalidades para las pensiones de los empleados del gobierno federal, los afiliados al ISSSTE.
A pesar de las reformas realizadas en los últimos años en México, la baja cobertura y limitada suficiencia siguen manifestándose, en parte, por la dinámica del mercado de trabajo, que dificulta el cumplimiento de los requisitos de tiempo de cotización y por el crecimiento del empleo informal. Esta población no realiza aportaciones al sistema de pensiones, por lo que una gran parte de la población ocupada queda desprotegida ante esta y otras contingencias, reafirmando el problema en cuanto a la solvencia y cobertura del sistema.
A partir de las reformas desarrolladas a nivel internacional, se puede comprobar cómo el mercado de trabajo ha intervenido de forma directa sobre las reformas acontecidas en la mayor parte de los sistemas de pensiones. De esta forma, el elevado porcentaje de empleo informal en el caso de México provocará reformas enfocadas a conseguir una mayor cobertura de la población que queda desprotegida durante su etapa pasiva, siendo una de las iniciativas que podrán ayudar a paliar este fenómeno de la inclusión del derecho de los adultos mayores a contar con pensión universal que cubra los gastos básicos ocasionados durante la vejez; es decir, se trata de incluir a toda la población en la seguridad social en México, mediante una combinación entre la modalidad contributiva y el gasto público, siguiendo una de las premisas de la OCDE (2015). Además, se deberían incorporar medidas en el mercado de trabajo, con el objetivo de reducir la informalidad y de mejorar las condiciones de población con empleo formal, a través de la existencia, por ejemplo, de un seguro de desempleo que permita cubrir sus necesidades, en tanto que logren incorporarse al mercado laboral formal.
Siguiendo la experiencia del continente europeo, y con el objetivo de mejorar la cobertura del sistema, México podría realizar reformas de mayor calado, en la que conviviera un sistema de reparto básico con un sistema de capitalización de cuentas individuales en el que los trabajadores realizaran aportaciones voluntarias en función de su nivel de renta.