El Economista (México) - Previsión
SE ALISTA TOPE EN COMISIONES
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) determinó cómo se aplicará el tope a las comisiones que cobran las Afores a los trabajadores en los siguientes años, de acuerdo con el acuerdo en materia de comisiones en proceso de consulta pública.
Se especifica que en la medida en que las comisiones cobradas en Chile, Colombia y Estados Unidos tengan ajustes a la baja, éstas serán aplicables a las comisiones cobradas por las afores mediante el uso del modelo aritmético que proporcionó la Comisión en el acuerdo y, en caso contrario se mantendrá el promedio que al momento este vigente en México.
El número que resulte de la metodología se anunciará en octubre de cada año y por tanto las administradoras de fondos presentarán sus comisiones para autorización dentro de los primeros días hábiles del mes de noviembre; para aplicarse, si se aprueban por la Consar, en el año calendario siguiente.
Cabe señalar que las administradoras podrán incluir documentos o estudios que estimen relevantes para la consideración sus puntos ante la Consar.
De esta manera la Consar, una vez analizada la solicitud, podrá exigir información adicional, así como aclaraciones o en su caso, denegar la autorización respectiva cuando las comisiones sometidas a su autorización resulten excesivas para los intereses de los trabajadores.
Para hacer dicho análisis se tendrá que considera el monto de los activos en administración; los ingresos obtenidos por las administradoras; la estructura de costos de las afores; el nivel de las demás comisiones presentes en el mercado, entre otros elementos que dicho órgano de gobierno considere necesarios.
La comisión reconoce que dadas las diferencias entre esquemas de cobro de comisiones en Chile, Colombia y Estados Unidos con México; su Junta de Gobierno ha considerado necesario establecer una equivalencia entre las comisiones sobre flujo, al menos en el caso de los países sudamericanos, que cobran un porcentaje sobre salario y en el caso de México es sobre el saldo ahorrado del trabajador (porcentaje sobre monto ahorrado). Con información de Santiago Nolasco