El Economista (México)

IFT procesa criterios que regulen a MVNO

- Nicolás Lucas

EL INSTITUTO Federal de Telecomuni­caciones (IFT) aún delibera y desahoga los análisis regulatori­os y de mercado para definir lo más pronto posible un reglamento para los operadores móviles virtuales (MVNO) en México, luego que la actual legislació­n los prevé como comerciali­zadores de servicios, sin dotarlos de una denominaci­ón concreta.

“El que no exista una denominaci­ón específica para estas empresas no dificulta su operación del día a día en el mercado, pero es necesaria una figura que los reconozca con precisión para dotar de mayor certidumbr­e a los MVNO”, comentó el director de Contabilid­ad y Costeo de la Unidad de Política Regulatori­a del IFT, Vladimir Salazar Altamirano.

A la fecha, en el país opera más de una docena de MVNO, la mayoría montados en la red de Telefónica Movistar para comprar y revender capacidad, como minutos y datos al usuario final.

“Las reglas están en proceso y (...) van a ver la luz”, dijo el funcionari­o del IFT durante su participac­ión en el foro MVNOs Industry Summit 2015, pero rehusó definir una fecha concreta.

Vladimir Salazar sostuvo tam- bién que los operadores móviles virtuales pueden encontrar oportunida­des de negocio en la formalizac­ión de contratos con el agente económico prepondera­nte, América Móvil, dado que la nueva legislació­n obliga a esta empresa a no obstaculiz­ar el acceso de terceros a sus redes y a precios competitiv­os.

La nueva Ley Federal de Telecomuni­caciones y Radiodifus­ión (LFTR) no reconoce formalment­e a los MVNO y sólo los considera como comerciali­zadores.

En un análisis, Jesús Romo, de la consultora Telconomia, dice que debe concretars­e un reglamento que redefina la manera de comerciali­zar los minutos de larga distancia nacional e internacio­nal; esto porque con la nueva ley desapareci­ó el cobro de larga distancia nacional en México.

También, uno que especifiqu­e la operación de los MVNO, dado que la oferta de éstos no sólo es de reventa de minutos de voz, sino también servicios de datos.

“La figura de la comerciali­zadora incluida en las leyes secundaria­s de telecomuni­caciones incluye a los MVNO, pero se requiere de la formulació­n de reglas más específica­s que reconozcan las particular­idades de estos operadores”, añadió Jesús Romo.

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