IFT procesa criterios que regulen a MVNO
EL INSTITUTO Federal de Telecomunicaciones (IFT) aún delibera y desahoga los análisis regulatorios y de mercado para definir lo más pronto posible un reglamento para los operadores móviles virtuales (MVNO) en México, luego que la actual legislación los prevé como comercializadores de servicios, sin dotarlos de una denominación concreta.
“El que no exista una denominación específica para estas empresas no dificulta su operación del día a día en el mercado, pero es necesaria una figura que los reconozca con precisión para dotar de mayor certidumbre a los MVNO”, comentó el director de Contabilidad y Costeo de la Unidad de Política Regulatoria del IFT, Vladimir Salazar Altamirano.
A la fecha, en el país opera más de una docena de MVNO, la mayoría montados en la red de Telefónica Movistar para comprar y revender capacidad, como minutos y datos al usuario final.
“Las reglas están en proceso y (...) van a ver la luz”, dijo el funcionario del IFT durante su participación en el foro MVNOs Industry Summit 2015, pero rehusó definir una fecha concreta.
Vladimir Salazar sostuvo tam- bién que los operadores móviles virtuales pueden encontrar oportunidades de negocio en la formalización de contratos con el agente económico preponderante, América Móvil, dado que la nueva legislación obliga a esta empresa a no obstaculizar el acceso de terceros a sus redes y a precios competitivos.
La nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) no reconoce formalmente a los MVNO y sólo los considera como comercializadores.
En un análisis, Jesús Romo, de la consultora Telconomia, dice que debe concretarse un reglamento que redefina la manera de comercializar los minutos de larga distancia nacional e internacional; esto porque con la nueva ley desapareció el cobro de larga distancia nacional en México.
También, uno que especifique la operación de los MVNO, dado que la oferta de éstos no sólo es de reventa de minutos de voz, sino también servicios de datos.
“La figura de la comercializadora incluida en las leyes secundarias de telecomunicaciones incluye a los MVNO, pero se requiere de la formulación de reglas más específicas que reconozcan las particularidades de estos operadores”, añadió Jesús Romo.