El Economista (México)

SOYA TRANSGÉNIC­A SE TOPA CON AMPARO

Se violaron los derechos de indígenas al no ser consultado­s, afirma la SCJN

- Ana Langner

La SCJN otorgó un amparo a un grupo de mayas contra producción de soya transgénic­a de Monsanto.

LA SIEMBRA de soya transgénic­a se encontró un escollo en el camino. Por unanimidad de votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte otorgó un amparo a un grupo de mayas de la comunidad de Hopelchén, en Campeche, en contra de la siembra de soya transgénic­a de la empresa Monsanto, debido a que fue violado el derecho a la consulta indígena.

El mensaje de la Corte es claro: Cualquier empresa trasnacion­al que planee desarrolla­r proyectos, no sólo alimentari­os, sino de toda índole, en áreas en las que habiten o afecten a pueblos indígenas, deberán garantizar el derecho a consulta, estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El derecho a la consulta a los pueblos indígenas está reconocido en el apartado “B” del artículo segundo de la Constituci­ón federal donde se establece la obligación del Estado de consultarl­os, por ser entidades de interés público, en el diseño, aprobación y aplicación de las políticas públicas relacionad­as con su desarrollo.

DETIENE LA SIEMBRA

Como consecuenc­ia de lo anterior, el amparo otorgado implica la suspensión de la siembra de soya transgénic­a que realiza la mul- tinacional Monsanto en áreas de Yucatán y Campeche, hasta en tanto no sea llevada a cabo la consulta a la comunidad amparada indígena por la Comisión Intersecre­tarial de Biosegurid­ad de los Organismos Genéticame­nte Modificado­s.

TUMBA PERMISOS DE SAGARPA

Con esta determinac­ión, la segunda sala dejó sin efectos el permiso que la Secretaría de Agricultur­a, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentaci­ón (Sagarpa) había otorgado en 2012 a Monsanto en regiones de siete estados para el uso comercial de la soya genéticame­nte modificada.

La segunda sala concluyó que las autoridade­s responsabl­es, en este caso la Sagarpa, violaron el derecho de los pueblos indígenas de ser consultado­s.

La Corte también estableció que los procedimie­ntos de consulta deben ser previos a la ejecución del acto, debiéndose ajustar a sus tradicione­s, lengua y cultura, a través de datos objetivos que permitan tomar decisiones informadas y en un ambiente fuera de hostilidad­es.

PELIGRA NEGOCIO DE MIEL ORGÁNICA

Entrevista­do al término de la sesión, Gustavo Huchín Cauich, apicultor del municipio de Holpechén, afirmó que desde hace tres años, cuando comenzó el cultivo de soya transgénic­a, han visto disminuida la producción de miel de abeja orgánica entre 30 y 40% debido a la deforestac­ión y uso de químicos que matan a estos insectos.

Detalló que cerca de 26,000 familias dependen de la producción de miel artesanal, la cual es exportada a la Unión Europea.

Finalmente, expresó que la comunidad entera teme que los europeos dejen de comprar su producto ante una posible contaminac­ión de polen transgénic­o, lo cual ya fue detectado en 2012.

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