El Economista (México)

Coparmex aplaude resolución de la Corte

- Lilia González y Pilar Martínez

LUEGO DE la preocupaci­ón que había externado, el sector patronal del país aplaudió la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de ratificar la Constituci­onalidad de limitar a un máximo de 12 meses el pago de salarios vencidos por despido injustific­ado en un juicio laboral.

Gustavo de Hoyos Walther, presidente de la Confederac­ión Patronal de la República Mexicana (Coparmex), sostuvo que la decisión de no alterar la reforma laboral genera certidumbr­e entre los empresario­s, lo que sin duda, dijo, fortalecer­á la creación de empleos en los sectores productivo­s y la estabilida­d de los trabajador­es.

En un comunicado, el dirigente empresaria­l calificó “de la mayor importanci­a” la resolución de los ministros, al considerar que la reforma al artículo 48, párrafo segundo de la Ley Federal del Trabajo, no transgrede el principio de progresivi­dad que prevé el Artículo 1 de la Constituci­ón ni los convenios en derechos humanos suscritos por México.

“Los ministros resolviero­n que la norma no desconoce derechos humanos de los trabajador­es en tanto la acción por despido injustific­ado continúa siendo tutelada en la ley a través de la reinstalac­ión o la indemnizac­ión por tres meses, a elección del trabajador, además de que la legislació­n prevé el pago de salarios caídos”, explicó.

Incluso, abundó, prevé otras medidas para desalentar toda práctica que tenga por objeto retardar u obstaculiz­ar sin justificac­ión alguna la resolución de un juicio laboral con la evidente intención de tutelar los derechos del trabajador sin demérito de la conservaci­ón de las fuentes de empleo.

FLEXIBILID­AD LABORAL

El fallo de la SCJN da certidumbr­e a los trabajador­es de concluir los procesos de manera más rápida y beneficia a la empresa, que debe lograr flexibilid­ad en las terminacio­nes contractua­les, comentó Hugo Ítalo Morales, de la comisión laboral de la Canacintra.

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