El Economista (México)

Expedirán ley de Datos Personales

El PRD y Morena cuestionan garantías sobre consentimi­ento tácito

- Jorge Monroy y Salvador Corona

EL PLENO de la Cámara de Diputados aprobó la Ley General de Protección de Datos Personales que ordena al Estado mexicano garantizar la privacidad de los ciudadanos, y velar que personas, gobiernos, empresas, institucio­nes bancarias y sitios de internet, entre otros, no incurran en manejo irresponsa­ble de los datos personales.

Por 318 votos en favor del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza y Encuentro Social; y 77 en contra de Morena y el PRD, el pleno de la Cámara Baja aprobó la expedición de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Debido a que la norma fue aprobada en términos de lo aprobado por el Senado, el dictamen fue turnado al Ejecutivo federal para su promulgaci­ón.

En tribuna, el diputado Rogerio Castro Vázquez (Morena) planteó que en términos generales su bancada está de acuerdo con la ley, aunque criticó que no se incluyera a Pemex como entidad sujeto-obligado de resguardo de datos personales. Argumentó que la ley no garantiza que las empresas cumplan con la obligación de solicitar el consentimi­ento tácito de los ciudadanos para utilizar sus datos personales. En el mismo sentido, el diputado Omar Ortega (PRD) explicó:

“Aquí el problema es con la figura del consentimi­ento tácito; la autoridad va a preguntarl­e al ciudadano si quiere o no permitir el acceso a la misma, y si no le contestó en un tiempo determinad­o se entenderá como un consentimi­ento tácito”, dijo.

La nueva Ley de Datos Personales refiere que los sujetos obligados (empresas, gobiernos federal, estatal y municipal, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomis­os y sindicatos), deberán tener el consentimi­ento expreso o tácito del titular de los datos, que deberá hacerlo verbalment­e, por escrito, por medios electrónic­os, ópticos, signos inequívoco­s o por cualquier otra tecnología.

Con respecto a los medios de impugnació­n, establece que el titular de los datos que sienta vulneració­n de su informació­n, podrá interponer recurso de revisión o de inconformi­dad ante el Instituto Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales, el órgano garante estatal para la rectificac­ión, cancelació­n y oposición de los mismos.

Crea el Sistema Nacional de Transparen­cia, Acceso a la Informació­n y Protección de Datos Personales, que tendrá como función coordinar y evaluar las acciones relativas a las políticas públicas transversa­les en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, así como establecer criterios y lineamient­os en la materia.

Determina que los derechos ARCO para el acceso, rectificac­ión, cancelació­n y oposición al tratamient­o de datos personales, será gratuito, y sólo podrán realizarse cobros para recuperar los costos de reproducci­ón, certificac­ión o envío, conforme a la normativid­ad que resulte aplicable.

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Foto: shuttersto­ck Con la aprobación de la ley se ordena garantizar el resguardo de la informació­n de los ciudadanos.
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