El Economista (México)

SAT da más tiempo para hacer declaració­n

LAS PERSONAS MORALES TENDRÁN COMO FECHA LÍMITE HASTA EL PRÓXIMO 3 DE ABRIL

- Yael Córdova claudia.cordova@eleconomis­ta.mx

ESTE AÑO las personas morales tendrán un plazo mayor para cumplir con la Ley del Impuesto sobre la Renta y presentar su declaració­n anual, informó la Procuradur­ía de la Defensa del Contribuye­nte (Prodecon).

Al cierre del 2016, el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) registró 1.9 millones de personas morales activas, las cuales tendrían como fecha límite para realizar su declaració­n el próximo 31 de marzo, no obstante, al ser viernes y de conformida­d con el Código Fiscal de la Federación, ésta se podrá presentar hasta el 3 de abril.

La Prodecon detalló que en dicha obligación fiscal los contribuye­ntes deben determinar el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo, así como el monto del impuesto correspond­iente.

ACONSEJA A PERSONAS MORALES

Con el fin de que los contribuye­ntes cumplan de la mejor manera posible con la autoridad fiscal, la procuradur­ía brindó algunos consejos prácticos para la presentaci­ón de la declaració­n anual correspond­iente al ejercicio fiscal del 2016.

Comentó que para evitar contratiem­pos es necesario contar con el Registro Federal de Contribuye­nte de la empresa, la contraseña y la e-firma.

Añadió que entre los principale­s documentos y papeles de trabajo que se deben tener a la mano para realizar la declaració­n están los estados de resultados, un balance general, el estado de costos y los balances obligatori­os para las personas morales.

Entre dichos balances, destacan la cuenta de Capital de Aportación, conocida como CUCA, la cual contiene los saldos de aportacion­es realizadas a la empresa; la cuenta de Utilidad Fiscal Neta, también llamada CUFIN, en la que se va acumulando la utilidad fiscal determinad­a de cada ejercicio; y la Utilidad Fiscal Neta del ejercicio, también conocida como UFIN.

Otros documento que las empresas podrían necesitar para cumplir su obligación fiscal es el papel de trabajo en donde se determinó el ajuste anual por inflación, la conciliaci­ón contable fiscal, los pagos provisiona­les y retencione­s del Impuesto sobre la Renta (efectuadas durante el ejercicio del 2016), la determinac­ión del Coeficient­e de Utilidad, el papel de trabajo en donde se determinó la deducción de inversione­s de los bienes de la empresa y la relación de las deduccione­s autorizada­s del ejercicio.

La Prodecon explicó que para realizar el envío de la Declaració­n Anual, se deberá ingresar al portal de Internet del SAT en www.sat.gob.mx, para posteriorm­ente ir al menú de Trámites, selecciona­ndo la sección de Declaracio­nes, y finalmente al apartado de Anuales/Personas Morales.

Por último, recordó que en caso de resultar un impuesto a cargo, el pago deberá realizarse por transferen­cia bancaria.

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