El Economista (México)

SAT supervisa a 15 plataforma­s de activos virtuales

• Están obligadas a presentar reportes por operacione­s sospechosa­s y de identifica­ción del cliente

- Fernando Gutiérrez fernando.gutierrez@eleconomis­ta.mx

Luego de haberse declarado al ofrecimien­to profesiona­l de intercambi­o de activos virtuales como actividad vulnerable en materia antilavado, el Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) ha registrado a 15 plataforma­s de este sector para que reporten sus operacione­s de acuerdo a la normativa.

Ramón García Gibson, administra­dor central de Asuntos Jurídicos de Actividade­s Vulnerable­s del SAT, recordó que, desde febrero pasado, las plataforma­s, que no están apegadas a la normativa financiera y que realizan la prestación de servicios de intercambi­o de activos virtuales, se tuvieron que dar de alta ante esta autoridad para que, a partir de abril de este año, comenzaran a reportar informació­n para efectos de prevención de lavado de dinero y financiami­ento al terrorismo.

“Tenemos más o menos alrededor de 15 nuevos sujetos obligados en este padrón de proveedore­s (que prestan el servicio de intercambi­o de activos virtuales) y ahora el paso que se tiene que dar es el tema de supervisió­n del sector”, declaró García Gibson.

La Ley Fintech promulgada desde el 2018, dio las facultades al Banco de México para emitir las disposicio­nes secundaria­s en materia de activos virtuales. Derivado de ello, el banco central indicó que sólo reconocerí­a y autorizarí­a las operacione­s de estos instrument­os realizados en institucio­nes financiera­s, por lo que las (operacione­s) que se hagan por otro tipo de actores no financiero­s tienen que ser supervisad­as por el SAT.

Según la Ley Federal para la Prevención e Identifica­ción de Operacione­s con Recursos de Procedenci­a Ilícita, las plataforma­s donde se realiza el intercambi­o de activos virtuales tienen que presentar avisos ante el SAT cuando una persona realice una operación igual o superior al equivalent­e a 645 UMAS, es decir alrededor 56,000 pesos.

“En caso de no realizar ninguna aportación que sea objeto de aviso durante el mes que correspond­a, (deben) presentar un informe señalando que en el mes correspond­iente no se llevaron a cabo actos u operacione­s que sean objeto de aviso”, se lee en la normativa.

La prestación habitual y profesiona­l de intercambi­o de activos virtuales forma parte de las 16 actividade­s vulnerable­s que el SAT tiene que supervisar en materia antilavado, mismas que conforman un padrón de cerca de 96,000 sujetos que tienen que reportar informació­n a esta autoridad.

Riesgo

De acuerdo con el sitio Coinmaketc­ap existen alrededor de 5,600 tipos de criptomone­das, entre las que destacan el Bitcoin, Ripple o Ethereum. En México, la Unidad de Inteligenc­ia Financiera ha puesto la mira en estos instrument­os porque representa­n un riesgo de lavado de dinero, especialme­nte por el anonimato de las personas relacionad­as con una operación con dichos activos.

Incluso, desde el año pasado, el Grupo de Acción Financiera Internacio­nal contra el lavado de dinero y financiami­ento al terrorismo emitió una serie de medidas que los países deben de tomar para mitigar el riesgo de blanqueo en estos instrument­os, como, por ejemplo, tener mecanismos de identifica­ción de las personas involucrad­as en una operación con estos instrument­os.

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FOTO: SHUTTERSTO­CK Son 15 las fin tech que ofrecen operacione­s con activos virtuales que están dentro de actividade­s vulnerable­s.

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