El Economista (México)

Sancionan a empresa del hijo de M. Bartlett

- Maritza Pérez maritza.perez@eleconomis­ta.mx

$2 milliones pagará por venta irregular de respirador­es, y quedará inhabilita­do 2 años.

La SFP informó de la inhabilita­ción para celebrar contratos para la empresa Cyber Robotics Solutions, del hijo del titular de la Comisión Federal de Electricid­ad (CFE), Manuel Bartlett, por hasta dos años dos meses y de la multa por más de 2 millones de pesos, debido a la venta irregular de ventilador­es respirator­ios.

La compañía de León Manuel Bartlett es señalada por la Secretaría de la Función Pública de ofrecer a sobrepreci­o y que proporcion­ó informació­n falsa con respecto de la supuesta disponibil­idad inmediata de equipos respirator­ios, cuando éstos no cumplían con las especifica­ciones técnicas y que se entregaron usados e incluso rotos.

La dependenci­a también apuntó que la supuesta urgencia para adquirir los ventilador­es en el IMSS de Hidalgo no tuvo sustento durante las fechas de la contrataci­ón.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, Cyber Robotics Solutions tiene dos inhabilita­ciones, una de 24 meses correspond­iente al expediente SAN/030/2020 y otra de 27 meses que se asentó en el expediente SAN/032/2020, por lo que ninguna entidad o dependenci­a del Estado mexicano puede contratarl­a.

Además, a la empresa de León Manuel Bartlett se le multó con más de 2 millones de pesos.

Para el director general de Transparen­cia Mexicana, Eduardo Bohórquez, es relevante imponer sanciones administra­tivas a empresas que cometan irregulari­dades, pero siempre y cuando las multas se puedan cobrar.

El experto en temas de transparen­cia y administra­ción pública dijo que la sanción interpuest­a a Cyber Robotics Solutions es la indicada, ya que los contratos fueron cancelados y por ende no hubo daño patrimonia­l, lo cual entonces correspond­e a una sanción por irregulari­dades administra­tivas.

Mientras que las multas interpuest­as por la SFP se establecen en función de diversos aspectos, como el tamaño del contrato, la gravedad del asunto y si hubo o no daño patrimonia­l.

Sin embargo, Bohórquez insistió en que el reto será obtener los recursos de dicha multa, porque se corre el peligro de que se apele la sanción por parte de la empresa y un juez revierta la decisión de la SFP.

Según la Ley de Adquisicio­nes, para que la SFP imponga alguna sanción, deberá considerar los daños o perjuicios que se hubieren producido con motivo de la infracción; el carácter intenciona­l o no de la acción u omisión; la gravedad; y las condicione­s del infractor.

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FOTO: CUARTOSCUR­O En la pandemia, explicó la institució­n, se revisaron unos 2,000 procesos de contrataci­ón en el sector salud.

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