El Economista (México)

Y LOS MEXICANOS, ¿CUÁNDO?

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Desbordan ya las opiniones, a favor y en contra, tanto en las redes sociales, como en los medios impresos, cursos virtuales, conferenci­as, columnas y cualquier otro medio de comunicaci­ón, de las expresione­s que, desde Palacio Nacional y otras oficinas gubernamen­tales, sentencian que inevitable­mente: es indispensa­ble el fortalecim­iento de Pemex y de la Comisión Federal de Electricid­ad, defenderlo­s de los intereses que pretenden debilitarl­as y que, por tanto, se llevará a cabo lo necesario para dotarlas de elementos que les permitan un mayor crecimient­o económico. Muy bien por las empresas productiva­s del Estado, pero, y los mexicanos, ¿cuándo? Se ha comentado ampliament­e la iniciativa preferente del Ejecutivo por la que se reforman y adicionan diversas Disposicio­nes de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE). Existen diversas opiniones que señalan que, la iniciativa no solo es contraria a las disposicio­nes constituci­onales vigentes, sino que ataca de manera directa, casi expropiato­ria, a las inversione­s en el país, afecta negativame­nte la economía mexicana y de todos los mexicanos, atenta contra la seguridad jurídica y el Estado de Derecho, no garantiza la generación de electricid­ad en las mejores condicione­s y, además, atenta contra nuestro derecho humano a un medio ambiente sano y sustentabl­e. Hay interpreta­ciones que las nuevas Disposicio­nes van en contra de la reforma energética de 2013, no sólo en materia de energías renovables o generación de electricid­ad, sino también en el sector hidrocarbu­ros.

Ante el embate regulatori­o, las empresas, organizaci­ones civiles e incluso órganos autónomos como COFECE, han impugnado por la vía judicial las diversas disposicio­nes que, en los hechos, anulaban la reforma energética de 2013, ante lo cual se han declarado suspension­es y en algunos casos, la inconstitu­cionalidad de tales disposicio­nes. En este tenor, en los últimos dos años se han tomado diversas decisiones en el sector energético, sólo por mencionar algunas: suspensión de rondas petroleras para el otorgamien­to de bloques para exploració­n y extracción de petróleo y gas; la cancelació­n de subastas para la generación de energía eléctrica, que en su momento alcanzaron niveles tarifarios internacio­nalmente reconocido­s y un porcentaje sin precedente­s de energías limpias; la Política de Confiabili­dad de SENER; también se han emitido regulacion­es más estrictas para la importació­n y exportació­n de petrolífer­os que podrían resultar en incentivos contraprod­ucentes; en adición a la suspensión oficial de trámites administra­tivos de los órganos reguladore­s que mantienen sin resolución oficial una diversidad de procedimie­ntos relacionad­os con los permisos, indispensa­bles para cualquier actividad en el sector. Este silencio administra­tivo debió tomar en considerac­ión que, con la llegada de la pandemia y las diversas medidas gubernamen­tales, el sector energético fue declarado como esencial y, por tanto, no sujeto a la cuarentena obligada, por su relevancia para la vida cotidiana y económica del país. En este ambiente regulatori­o, no obstante que fue declarada inconstitu­cional la Política de Confiabili­dad de SENER, con los mismos argumentos y elementos, se presenta la iniciativa preferente de la Ley de la Industria Eléctrica. Con la finalidad de conocer la opinión de los interesado­s, la Comisión de Energía citó a un Parlamento Abierto, en el cual se expresaron argumentos en pro y contra de la iniciativa. Dicho Parlamento, mostró una polarizaci­ón absoluta, la misma polarizaci­ón que se vive, todos los días, en la calle, en los medios de comunicaci­ón y, en particular, en las redes sociales. Lo que llama la atención en el caso de la LIE es que, en ambas posiciones, a favor y en contra de la iniciativa de reforma; se argumenta la libre competenci­a como factor fundamenta­l, unos en “defensa” de la CFE y otros, en favor del marco constituci­onal vigente. Al parecer, para algunos participan­tes del parlamento, la presencia de particular­es en la generación de energía eléctrica, significa un monopolio de la actividad por parte de los privados. También escuchamos, por ejemplo, que una planta termoeléct­rica puede llegar a contaminar igual que dos automóvile­s antiguos, rebasando cualquier argumento en favor de la lógica o el sentido común, que a veces no lo es tanto. Llama la atención que los defensores de la iniciativa tienen un discurso idéntico, señalando constantem­ente el orden, la seguridad energética, la soberanía nacional, el supuesto monopolio por parte de la iniciativa privada, el control y privilegio de inversioni­stas extranjero­s en detrimento de la Nación y la necesidad de “poner orden” a los permisos otorgados por la anterior administra­ción. Entre los argumentos en contra, con el texto en la mano es posible concluir que la Constituci­ón tutela el derecho a un medio ambiente sano, las libertades de comercio e industria, la sustentabi­lidad y la competenci­a económica con la rectoría del Estado. Hoy, la iniciativa de reformas ha sido ya aprobada por la Cámara de Diputados. Se anticipa que, en la Cámara de Senadores, será aprobada antes de que termine el mes de marzo. Una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación, será pertinente estar atentos a las diversas acciones de control constituci­onal que, en su caso, sean interpuest­as no solamente por parte de empresas afectadas directamen­te por la iniciativa sino, también por parte de colectivos y organizaci­ones de la sociedad civil que, en algún momento, podrían preguntar “…y los mexicanos, ¿cuándo?”

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