Diferentes tipos de ahorro voluntario
1. Corto Plazo.
Estas aportaciones se invierten con un horizonte de corto plazo y no son deducibles de impuestos.
2. Aportaciones de largo plazo.
En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en la cuenta individual un mínimo de 5 años para que le aplique el estímulo fiscal.
3. Complementarias de retiro
En este tipo de ahorro la inversión debe permanecer en la cuenta individual hasta que el titular tenga derecho a disponer de las aportaciones obligatorias. Es deducible de impuestos en la declaración anual.
4. Perspectiva de inversión a largo plazo
Son aportaciones adicionales a tu cuenta individual con las que puedes complementar tu Ahorro para el Retiro, pero debe permanecer invertido hasta los 65 años de edad.