Cuál fue la decisión de la corte
Con nueve votos a favor, la SCJN declaró que es inconstitucional aplicar la prisión preventiva oficiosa para delincuentes fiscales.
¿Qué es la Prisión Preventiva Oficiosa?
• Está estipulada dentro del artículo 19 de la Constitución desde el año 2008, y fue reforzada en 2019 mediante la inclusión de algunos delitos adicionales.
• Es una imposición que jueces de control, realizan automáticamente sin tomar en cuenta los argumentos de las partes.
• La Fiscalía no está obligada a demostrar por qué una persona enjuiciada debe enfrentar su proceso en prisión.
¿Qué invalidó la SCJN?
Con mayoría, la Corte modificó:
• Artículo 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
• Artículo 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional. De esta forma los delitos fiscales como contrabando, defraudación fiscal y facturas falsas dejan de considerarse un ataque a la seguridad nacional. Los sujetos que sean juzgados porello podrán recibir prisión preventiva, pero deberá ser determinada por un juez.