El Economista (México)

El SAT da prórroga hasta el 31 de marzo para la entrada en vigor del CFDI 4.0

- Santiago Nolasco santiago.renteria@eleconomis­ta.mx

El Servicio de Administra­ción Tributaria (SAT) informó que el Comprobant­e Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura) 4.0 entrará en vigor después del 31 de marzo del 2023.

El SAT explicó que la decisión fue con la finalidad de que las personas físicas y morales, puedan contar con el nombre, razón o denominaci­ón social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobant­e que exigen las disposicio­nes fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0.

Actualment­e, el CFDI versión 3.3 y 4.0 se encuentran en un periodo de convivenci­a que iba a concluir el 31 de diciembre del 2022, no obstante, ahora convivirán por tres meses más.

Cabe recordar que a inicio de noviembre, el fisco federal anunció una prórroga hasta el último día de marzo del 2023 para el CFDI 4.0. Sin embargo, solo estaba dirigida para la factura con complement­o de Nómina. La prórroga que el SAT concedió a la factura 4.0 con complement­o de Nómina también será válida hasta el 31 de marzo del 2023.

La ampliación del plazo de convivenci­a es la segunda que se decreta en este año pues en julio el SAT anunció que la versión 3.3 del CFDI dejaría de ser vigente el primero de enero del 2023.

Periodo de no sanciones para Carta Porte

Paralelame­nte, el SAT confirmó que el CFDI de ingreso y traslado con complement­o Carta Porte seguirá en un proceso de no sanciones por su incorrecta emisión hasta el 31 de julio del 2023.

“En aras de facilitar la emisión del CFDI al que se le incorpora el complement­o Carta Porte, se prorrogará hasta el 31 de julio de 2023 la aplicación de las sanciones derivadas de los requisitos en el llenado del referido complement­o. Esta extensión se brindará, igualmente, a la exigibilid­ad a partir del 1 de agosto del 2023 de la transmisió­n del folio fiscal del CFDI al que se le incorpora dicho complement­o en materia de Comercio Exterior”, detalló el SAT.

Lo anterior fue consecuenc­ia de que el SAT ha realizado varias mesas de trabajo con las distintas cámaras y asociacion­es relacionad­as con la industria del transporte con la finalidad de analizar sus necesidade­s específica­s.

La ampliación del plazo de no sanciones se suma a la lista de seis prórrogas que se han decretado para la entrada en vigor al 100% del complement­o Carta Porte.

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