Nuevas declaraciones de precios de transferencia y su aplicación en México
EXPERTOS DE DELOITTE EXPONEN LA INFORMACIÓN QUE ESTARÁN OBLIGADOS A DETALLAR GRUPOS NACIONALES Y MULTINACIONALES. que permitan mitigar dicha problemática que aqueja a economías internacionales, especialmente, las que tienen baja recaudación fiscal.
Laocde,enrespuesta,decretóunaseriede acciones para que el traslado de las utilidades sea el adecuado. Una de ellas, enfocada a documentar las operaciones intragrupales, es la “Acción 13” del Plan de Acción BEPS (por sus siglas en inglés). La cual es un ejemplo de las recomendaciones que han sido emitidas por la OCDE, con el objetivo de que sean aplicadas o replicadas en el marco regulatorio doméstico de cada uno de los países miembros de la organización.
Bajo el contexto mexicano, el 12 de abril de 2017,elserviciodeadministracióntributaria (SAT) publicó las reglas aplicables para la presentación de tres nuevas declaraciones como parte del Plan de Acción BEPS: declaración local, maestra y reporte país por país. Dichas obligaciones se adicionan al artículo 76-A de laleydelimpuestosobrelarentaysedetallan sus requisitos dentro de las Reglas 3.9.11 a la 3.9.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Las tres nuevas declaraciones imponen la presentación de información detallada en materia de precios de trasferencia. Empresas pertenecientes a grupos multinacionales, en la declaración maestra, compartirán información de reestructuras de negocio, negocio del grupo multinacional, activos intangibles y políticas de precios de transferencia. La declaración local añade la solicitud de información de estructuras administrativas, descripción y función dentro de la cadena del valor del grupo multinacional, así como información financieradelaspartesrelacionadasencuanto a activos, gastos operativos, utilidades, entre otros. Por último, el reporte país por país, solicitainformacióndelaentidadcontroladoraya nivel agregado del grupo multinacional.
A pesar de que cuestiones como el idioma y moneda de presentación en las declaraciones ya han sido resueltos, aún se discuten puntos contenidos en las reglas emitidas, como:
• La plataforma tecnológica creada por el SAT para el envío de la documentación solicitada que aún no ha sido publicada.
• En el caso de la declaración local, queda abierta la obligación para aquellas empresas con participación de grupos meramente nacionales.
• Las joint venture, al pertenecer a distintos grupos empresariales, están sujetas a posibles conflictosrelacionadosconrevelarycompartir información entre ellas.
• La información solicitada en la declaraciónmaestraexcedeloplanteadoenelplande Acción BEPS.
Estas nuevas aclaraciones, además de dar cumplimiento con el marco regulatorio internacional, generarán herramientas que compartan información financiera de los grandes contribuyentes entre países miembros de la OCDE y evitar problemas de recaudación.
Los mecanismos para analizar la información fiscal entre los gobiernos ya son conocidos, la incertidumbre ahora será si los grupos empresariales están dispuestos a compartir información tan detallada a sus subsidiarias y a las diferentes autoridades fiscales. Los resultados vendrán conforme el marco regulatorio sea cumplido en su totalidad.