En la nueva factura sólo será necesario el RFC del receptor, mismo que será validado por el fisco a partir de la base de datos del SAT
SIN ERRORES Pérez Curiel apuntó que con la nueva versión de la factura “no cabrá duda” sobre qué conceptos están exentos y cuales están gravados.
Explicó que en el nuevo formato habrá que detallar la tasa que aplica a cada uno de los conceptos en la factura, cuando anteriormente se observaba el impuesto trasladado y no se sabía dónde correspondían.
De acuerdo con el SAT, los impuestos actualmente se registran de manera global lo que no permite identificar qué gravámenes le aplican a cada uno de los conceptos registrados en el comprobante.
En la nueva versión estos registros de impuestos se van a realizar a nivel de concepto, esto es, se va a tener que identificar la base de impuesto (ISR, IVA, IEPS), así como el tipo de factor, es decir, si es a través de una tasa o cuota o si está exento de algún tributo y el importe de impuesto calculado. Otra de las novedades es que las facturas ya no podrán cancelarse, a menos que cuenten con la autorización del beneficiario de la factura.
LAS CARACTERÍSTICAS Existen elementos que se tienen que verificar en la nueva factura electrónica donde destacan:
Nuevos tipos de comprobantes. Hasta hoy existen comprobantes de ingreso, egreso y traslado, son tres tipos de factura que se emiten, sin embargo, a partir de la actualización de este anexo se integra un comprobante de recepción de pagos y uno correspondiente a nómina.
Reglas de validación. Con ella se tendrá información más confiable y de mejor calidad para evitar que el emisor cometa errores. Con la nueva factura se validará el RFC, de tal suerte que si al momento de expedirla se captura mal y se mande al proveedor o servicio de timbrado del SAT, esta factura será rechazada.
Complemento de recepción de pagos. Se trata de un elemento nuevo, este tipo de comprobante se emitirá cuando se realice el pago de una factura ya sea en parcialidades o de manera diferida. El documento de recepción de pagos podrá emitirse por cada uno de los ingresos recibidos o bien una factura que ampare los pagos recibidos en el mes.
Clave del producto o servicio y una unidad de medida estandarizada. En la nueva factura se deberá registrar la clave del concepto de acuerdo al catálogo publicado en el sitio web del SAT.