El Financiero

NO ES ABOGADO, PERO EJERCE.

Estudió Derecho en la UNAM, no cuenta con cédula profesiona­l y ya ejerció

- NANCY ESCOBAR nescobar@elfinancie­ro.com.mx

Luis Miguel Barbosa, candidato de Morena a la gubernatur­a de Puebla, se ostenta como abogado, en todas las instancias se presenta como tal, y, aunque estudió Derecho en la UNAM, nunca obtuvo el título y tampoco la cédula profesiona­l, pero incluso ha ejercido dicha profesión. De acuerdo con la búsqueda en el Registro Nacional de Profesioni­stas, a cargo de la Secretaría de Educación, el nombre del exsenador no aparece y mucho menos un número de cédula. (www.cedulaprof­esional.sep.gob.mx/cedula/presidenci­a/indexAvanz­ada.action) Aunque su grado académico es de pasante, el exlegislad­or que ahora pretende una gubernatur­a, ya ejerció como litigante en un juicio en el que se presentó como el representa­nte legal de su propio padre. El juicio fue realizado en 1987, en un pleito por unas tierras, y consta en el expediente 1045/987 la firma del experredis­ta y ahora morenista, como abogado de la causa. La usurpación de la ocupación constituye un delito, al menos en el Código Penal del Estado de Puebla. Según el artículo 258 de la entidad, en su fracción ciudadana, se lee: “Usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de uniformes o condecorac­io-

nes. Artículo 258. Se impondrá de dos meses a dos años de prisión y multa de diez a cien días de salario mínimo… II. Al que, sin tener título legal, se atribuya el carácter de profesiona­l y ejerza actos propios de la profesión”.

A nivel nacional, para poder ejercer la abogacía únicamente se necesita poseer una cédula profesiona­l de Abogado o de Licenciado en Derecho, con efectos de patente, expedida por la Dirección General de Profesione­s de cualquier estado de la República, o bien por la Dirección General de Profesione­s. Es importante destacar que el 26 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica los artículos 183, fracción VIII y 184, fracciones III y VI; y adiciona las fracciones VII y VIII al artículo 184. A través de este Acuerdo se hace obligatori­o el uso del Registro Único de Profesiona­les del Derecho.

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 ??  ?? DIÁLOGO. Miguel Barbosa, aspirante a la gubernatur­a de Puebla, ayer.
DIÁLOGO. Miguel Barbosa, aspirante a la gubernatur­a de Puebla, ayer.

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