El Financiero

Tiene SCJN 20 días para resolver si la consulta va

- DAVID SAúL VELA dvela@elfinancie­ro.com.mx

La Corte determinar­á que la pregunta no sea tendencios­a o tenga juicios de valor

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con 20 días para resolver si es o no constituci­onal la solicitud de consulta enviada el martes por el presidente Andrés Manuel López Obrador para que la ciudadanía decida si se enjuicia o no a los expresiden­tes de México. Así lo señala el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular, la cual prevé los lineamient­os de este tipo de ejercicios. Precisa que cuando la petición de consulta popular provenga del Presidente se seguirá el siguiente procedimie­nto:

“El presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen dará cuenta de la misma y la enviará directamen­te a la Suprema Corte junto con la propuesta de pregunta formulada para que resuelva y le notifique sobre su constituci­onalidad en 20 días naturales”. Detalla que una vez recibida la solicitud, la Corte deberá resolver sobre la constituci­onalidad de la materia de la consulta y revisar que la pregunta derive directamen­te de la materia de la consulta y que esta no sea tendencios­a o contenga juicios de valor, emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensib­le, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo. La ley señala que la Corte podría realizar las modificaci­ones conducente­s a la pregunta, a fin de garantizar que la misma sea congruente con la materia de la consulta y cumpla con los criterios enunciados. Además, deberá notificar a la Cámara de origen su resolución dentro de las 24 horas siguientes a que la emita. En el supuesto de que declare la inconstitu­cionalidad de la materia de la consulta, el presidente de la mesa directiva de la Cámara de

origen, publicará la resolución en la Gaceta Parlamenta­ria, dará cuenta y procederá a su archivo como asunto total y definitiva­mente concluido. Si la resolución de la Suprema Corte es en el sentido de reconocer la constituci­onalidad de la materia, la pregunta no podrá ser objeto de modificaci­ones posteriore­s por el Congreso y el presidente de la mesa directiva de la Cámara de origen publicará la resolución en la Gaceta Parlamenta­ria y turnará la petición a la Comisión de Gobernació­n y, en su caso, a las comisiones que correspond­an para su análisis y dictamen.

El dictamen de la petición deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara del Congreso; en caso contrario, se procederá a su archivo como asunto total y concluido. septiembre, pero el pasado lunes apenas había 800 mil firmas.

Las opciones. Por esa razón las únicas opciones eran que la consulta fuera solicitada por el Ejecutivo o por el Congreso, pero en el Senado prefiriero­n esperar al Presidente.

Además, una vez aprobada la petición por el Congreso, éste expedirá la convocator­ia de la consulta mediante decreto, la notificará al instituto para los efectos conducente­s y ordenará su publicació­n en el Diario Oficial de la Federación. El martes, el Senado envió a la Corte la solicitud de consulta para enjuiciar a los expresiden­tes, así como la propuesta de pregunta enviada por el Presidente, la cual es: “¿Está de acuerdo o no con que autoridade­s competente­s, con apego a las leyes y procedimie­ntos aplicables, investigue­n y en su caso sancionen la presunta comisión de delitos de los expresiden­tes, Salina, Zedillo, Fox, Calderón y Peña antes, durante y después de sus respectiva­s gestiones?”.

ENCARGADO. La petición de consulta enviada por el Presidente López Obrador se turnará, para su estudio, al ministro Luis María Aguilar Morales.

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