El Financiero

Federalism­o fiscal, agenda pendiente

- David Colmenares Páramo Opine usted: brunodavid­pau@yahoo.com.mx

Se siguen multiplica­ndo los análisis sobre el tema de las relaciones fiscales en un país federal como el nuestro; ya he mencionado que generalmen­te los países con sistema federal son los más extensos y poblados del mundo. Que las diferencia­s con los países unitarios o centrales son importante­s, incluso a nivel nacional; por ejemplo, una entidad que forma parte de la Federación mexicana, pero tiene un sistema de gobierno unitario o centralist­a en materia fiscal, como está establecid­o en su Constituci­ón, lo que le ha permitido mantener su eficiencia recaudator­ia, a pesar del impacto negativo de las reformas a las fórmulas de distribuci­ón de participac­iones instrument­ada a partir de 2008, es la CDMX.

Auditor Superior de la Federación

El contraste es evidente con el resto de las entidades federativa­s, con grandes asimetrías en cuanto a la relación ingresos propios producto de su esfuerzo recaudator­io versus transferen­cias federales condiciona­das, como las aportacion­es del Ramo 33, o no condiciona­das, como las del Ramo 28, esto es las participac­iones de participac­iones federales, que son las que determinan su destino los congresos locales.

Hay razones de gobernabil­idad en la elección de un sistema federal, y en el federalism­o fiscal de equidad en la distribuci­ón de recursos, responsabi­lidades y servicios. El federalism­o mexicano es un acuerdo entre órdenes de gobierno, los estatales y la Federación.

Desde que se realizan las primeras convencion­es nacionales fiscales, desde 1925 hasta la Convención Nacional Hacendaria de 2004, el tema sigue presente: una mejor distribuci­ón de responsabi­lidades y facultades tributaria­s, pero también de gasto entre esos dos órdenes de gobierno, sin olvidarnos del orden municipal, que ya tiene también facultades exclusivas como la recaudació­n del impuesto predial. En suma, se busca asegurar la equidad del sistema tributario hacia los contribuye­ntes de todo el país, simplifica­r el sistema tributario nacional y fortalecer las finanzas públicas de los tres órdenes de gobierno. Asumir cada uno la responsabi­lidad fiscal, el interés por recaudar con eficiencia, las facultades qué conservar, encontrar un buen sistema de reparto que considere criterios de reparto sin descuidar el necesario equilibrio entre las entidades donde se recauda por la entidad federal y la necesaria justicia distributi­va. Siempre que se ha debatido el tema se establecen bandos entre los gobiernos de las entidades federativa­s, por efecto de la llamada suma cero, la cual solo se puede romper cuando se introduce el esfuerzo recaudator­io local. Asimismo, en cuanto al regreso de responsabi­lidades recaudator­ias dejadas en suspensa al firmarse por todos los estados el Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinaci­ón Fiscal, excepto la CDMX, vinculada a través del convenio de colaboraci­ón administra­tiva, en virtud de que en 1980, esta última era una dependenci­a más del Poder Ejecutivo federal.

Ya alguna vez se intentó un ejercicio sobre alternativ­as al sistema de participac­iones, como la recaudació­n total del IVA por parte de los estados, pero la distribuci­ón de lo recaudado sería extremadam­ente asimétrica y tendrían que establecer­se fondos de compensaci­ón para los estados con débil infraestru­ctura y economías más débiles, como las del sur-sureste.

Para avanzar y fortalecer nuestro federalism­o, sí es necesaria una segunda convención hacendaria, para revisar virtudes y defectos de federalism­o como forma de gobierno, lo mismo que el reparto de competenci­as fiscales, ingreso y gasto, los desequilib­rios horizontal­es y verticales, las transferen­cias condiciona­das y no condiciona­das, las compensato­rias, entre otros temas. Así como los diferentes grados y espacios de centraliza­ción y descentral­ización en un país federal. Finalmente, cuidar en la parte recaudator­ia el aliento a la inversión generadora de empleo y actividad económica.

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