El Financiero

¿Impartició­n de justicia por consulta ciudadana?

- Gabriel Casillas @G_Casillas

Nuestra independen­cia inició para apoyar al rey Fernando VII de España, que había sido derrocado por las fuerzas napoleónic­as y suplantado por José Bonaparte, hermano de Napoléon I. En todo momento se luchó realmente por los derechos de los criollos, no de la mayoría. Asimismo, al lograr nuestra independen­cia el 27 de septiembre de 1821 se instauró una monarquía en México con Agustín de Iturbide como emperador. Si bien el imperio de Iturbide fue de corta duración (~10 meses), cuarenta años después volvimos a instaurar una monarquía en nuestro país, la de Maximilian­o de Habsburgo, que duró poco más de tres años. Asimismo tuvimos presidente­s que duraron muchos años al frente del poder como Benito Juárez (~15 años) y Porfirio Díaz (~30 años). A diferencia de México, los ‘padres fundadores’ de los Estados Unidos —como John Adams, Thomas Jefferson y Benjamin Franklin, entre muchos otros—, deseaban huir a toda costa de una monarquía. Ellos querían tener un gobierno cuya legitimida­d no fuera originada por el derecho divino —como la del rey Jorge III de Inglaterra, quien gobernaba cuando las trece colonias lograron independiz­arse—, y que además, el poder de quien liderara el gobierno fuera limitado. Así, se estableció un gobierno elegido democrátic­amente y para que el Presidente en turno no actuara como monarca de facto, se instauró la división de poderes con una serie de controles y contrapeso­s. La división de poderes en el espíritu de Montesquie­u (1748) debía de hacerse en Ejecutivo, Legislativ­o y Judicial. El Poder Ejecutivo lleva a cabo la gestión del gobierno, ejecutando la ley, el Legislativ­o crea, aprueba y deroga la ley y el Judicial interpreta y hace respetar la ley.

Cabe señalar que a diferencia del presidente y de los legislador­es cuyo origen en su mayoría surge de elecciones directas, quienes ocupan los puestos en el Poder Judicial cuentan con su propia fuente de legitimida­d y autoridad. Esto se debe principalm­ente al nivel de formación que se requiere para estar al frente del Poder Judicial, fundamenta­da en su conocimien­to profundo sobre el derecho y su experienci­a. Asimismo, su autonomía presupuest­aria y la estabilida­d de los jueces en sus empleos busca garantizar la independen­cia del Poder Judicial. De esta manera muchos países en el mundo —incluido México—, fuimos copiando el modelo de república democrátic­a con división de poderes. La semana pasada, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) formada por once ministros —cinco en la Primera Sala, cinco en la Segunda Sala y el ministro presidente—, votó a favor de llevar a cabo una pregunta similar a la que originalme­nte envió el presidente López Obrador para poder enjuiciar a los expresiden­tes. Afortunada­mente la decisión fue dividida (6-5) y la pregunta fue modificada para que no apareciera­n los nombres de los expresiden­tes. Los ministros Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel Mossa, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Alberto Gelacio Pérez Dayán y el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea votaron a favor de la constituci­onalidad de la pregunta. Por otro lado, los ministros Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, Fernando Franco González Salas, Jorge Mario Pardo Rebolledo y el ministro ponente Luis María Aguilar Morales votaron en contra de la pregunta. En realidad fue a favor del proyecto del ministro Luis María Aguilar, que declaraba la inconstitu­cionalidad de la pregunta, pero lo escribí de la otra manera para que sea más fácil de entender para quienes no somos expertos en temas legales y judiciales. Los ministros duran quince años en su cargo y son designados por el Senado de la República, a partir de una terna propuesta por el Presidente de la República. La forma escalonada en la que se van designando los ministros tiene como objetivo también garantizar la autonomía del Poder Judicial. En este sentido, el presidente López Obrador ha tenido la oportunida­d de proponer tres de los once ministros: González Alcántara

Carrancá, Esquivel Mossa y Ríos Farjat (los tres votaron a favor de la consulta). Asimismo, el presidente tendrá la oportunida­d de proponer a quien reemplace al ministro Franco González Salas, que terminará su periodo en diciembre de 2021.

Hasta donde yo tengo entendido, la justicia se debe aplicar con apego a derecho para todos y por más que uno sea defensor de la democracia, no puede hacerse justicia con base en una consulta ciudadana. Por más que uno quiera que algunos de los exmandatar­ios sean enjuiciado­s, considero que el debido proceso lo tiene que llevar a cabo la Fiscalía General de la República con base en una investigac­ión, pruebas, etc. En mi opinión, es muy grave que seis ministros de la máxima instancia de protección de la ley de nuestro país se hayan prestado para sentar precedente en que la aplicación de la justicia se haga con base en una consulta ciudadana.

Referencia bibliográf­ica Montesquie­u, Charles Louis de Secondat, baron de. (edición en español), California, EU: CreateSpac­e Independen­t Publishing Company, 1748.

*Director general adjunto de Análisis Económico y Relación con Inversioni­stas de Grupo Financiero Banorte y presidente del Comité Nacional del Estudios Económicos del IMEF. Las opiniones que se expresan en esta columna no necesariam­ente coinciden con las del Grupo Financiero Banorte, ni del IMEF, por lo que son responsabi­lidad exclusiva del autor.

El espíritu de las leyes

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