Suspende juez la ley eléctrica impulsada por AMLO
Aunque el recurso lo solicitaron dos empresas, tiene efectos generales
Un juez federal ordenó la suspensión de todos los efectos y consecuencias de la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El efecto de la suspensión es de aplicación general, y no sólo para la o las empresas que tramitaron amparo, dijo Juan Pablo Gómez, juez federal especializado en competencia económica, al aceptar a trámite dos juicios de amparo contra la reforma. “Se concede la suspensión provisional...”, señaló Gómez Fierro al resolver sobre los expedientes 118/2021 y 119/2021 promovidos por las empresas Eoliatec del Pacífico S.A. PI de C.V y Parque Solar Orejana, S.L.R. de C.V.
El juzgador explicó que el efecto de su decisión es para que se suspendan todas las consecuencias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo. Indicó que a pesar de que la suspensión fue solicitada sólo por dos empresas que participan en el mercado eléctrico mayorista, ésta debe tener efectos generales. Explicó que lo anterior se debe a que, de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para las quejosas, se les estaría otorgando a éstas una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica. “Además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector”, justificó. Asimismo indicó que la suspensión también tiene como finalidad asegurar la eficacia de una sentencia de amparo, impidiendo que la aplicación de la reforma eléctrica impugnada se materialice y genere efectos de imposible reparación, en caso de que se conceda el amparo a las quejosas.
Esto porque sería imposible regresar las cosas al estado que guardaban antes de la emisión del acto reclamado. “De esta manera, al decretarse esta medida cautelar, este juzgador adecua los efectos a los de una hipotética sentencia protectora, la cual podría tener un efecto general, a efecto de proteger y garantizar los derechos a la competencia y libre concurrencia en una dimensión individual y colectiva”, puntualizó. En la impugnación las empresas acusan que la citada reforma busca favorecer a la CFE y va en contra de las firmas generadoras de energías limpias como las energías eólicas o solares, a quienes, incluso, se les cancelarían contratos.
La decisión reviste especial trascendencia porque, aunque el caso llegará a la Suprema Corte ésta no podría suspender la reforma.
“Es una ley que es inconstitucional y atenta contra los principios de libre competencia”
SORAYA PÉREZ