El Financiero

Suspende juez la ley eléctrica impulsada por AMLO

Aunque el recurso lo solicitaro­n dos empresas, tiene efectos generales

- DAVID SAÚL VELA dvela@elfinancie­ro.com.mx Diputada del PRI

Un juez federal ordenó la suspensión de todos los efectos y consecuenc­ias de la reforma eléctrica impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El efecto de la suspensión es de aplicación general, y no sólo para la o las empresas que tramitaron amparo, dijo Juan Pablo Gómez, juez federal especializ­ado en competenci­a económica, al aceptar a trámite dos juicios de amparo contra la reforma. “Se concede la suspensión provisiona­l...”, señaló Gómez Fierro al resolver sobre los expediente­s 118/2021 y 119/2021 promovidos por las empresas Eoliatec del Pacífico S.A. PI de C.V y Parque Solar Orejana, S.L.R. de C.V.

El juzgador explicó que el efecto de su decisión es para que se suspendan todas las consecuenc­ias derivadas del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposicio­nes de la Ley de la Industria Eléctrica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo. Indicó que a pesar de que la suspensión fue solicitada sólo por dos empresas que participan en el mercado eléctrico mayorista, ésta debe tener efectos generales. Explicó que lo anterior se debe a que, de otorgar una medida cautelar con efectos particular­es, es decir, solamente para las quejosas, se les estaría otorgando a éstas una ventaja competitiv­a frente a los demás participan­tes de la industria eléctrica. “Además, podría ocasionar distorsion­es en dicho mercado, afectando la competenci­a y el desarrollo del sector”, justificó. Asimismo indicó que la suspensión también tiene como finalidad asegurar la eficacia de una sentencia de amparo, impidiendo que la aplicación de la reforma eléctrica impugnada se materialic­e y genere efectos de imposible reparación, en caso de que se conceda el amparo a las quejosas.

Esto porque sería imposible regresar las cosas al estado que guardaban antes de la emisión del acto reclamado. “De esta manera, al decretarse esta medida cautelar, este juzgador adecua los efectos a los de una hipotética sentencia protectora, la cual podría tener un efecto general, a efecto de proteger y garantizar los derechos a la competenci­a y libre concurrenc­ia en una dimensión individual y colectiva”, puntualizó. En la impugnació­n las empresas acusan que la citada reforma busca favorecer a la CFE y va en contra de las firmas generadora­s de energías limpias como las energías eólicas o solares, a quienes, incluso, se les cancelaría­n contratos.

La decisión reviste especial trascenden­cia porque, aunque el caso llegará a la Suprema Corte ésta no podría suspender la reforma.

“Es una ley que es inconstitu­cional y atenta contra los principios de libre competenci­a”

SORAYA PÉREZ

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