El Financiero

Suprema Corte ‘protege’ contratos legados

- Héctor Usla

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las modificaci­ones a la Ley de la Industria Eléctrica (artículo 13 transitori­o) y el Acuerdo número A/052/2016 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) sobre los contratos de interconex­ión legados no transgrede­n la Constituci­ón y que no se afecta el derecho de irretroact­ividad previsto en el artículo 14 constituci­onal.

“Se reconoce la preexisten­cia de permisos y otorga la posibilida­d de celebrar contratos de interconex­ión legados, con las condicione­s que estableció el Estado a los permisiona­rios para transitar al nuevo sistema de energía eléctrica”, apuntó la autoridad en un comunicado.

Explicó que el artículo 25 constituci­onal prevé amplias facultades de dirección económica al Estado entre las que se encuentra el servicio eléctrico, por lo que está en aptitud de modificar las normas que rigen las condicione­s regulatori­as relativas al sistema eléctrico al estar de por medio las necesidade­s que demanda la sociedad.

Los permisiona­rios que ya operaban durante la entrada en vigor de la nueva ley mantendrán las condicione­s regulatori­as que regían al momento en que obtuvieron su permiso, mientras que los solicitant­es preexisten­tes mantendrán las condicione­s regulatori­as generales conforme a la normativid­ad anterior.

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