Suprema Corte ‘protege’ contratos legados
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica (artículo 13 transitorio) y el Acuerdo número A/052/2016 de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) sobre los contratos de interconexión legados no transgreden la Constitución y que no se afecta el derecho de irretroactividad previsto en el artículo 14 constitucional.
“Se reconoce la preexistencia de permisos y otorga la posibilidad de celebrar contratos de interconexión legados, con las condiciones que estableció el Estado a los permisionarios para transitar al nuevo sistema de energía eléctrica”, apuntó la autoridad en un comunicado.
Explicó que el artículo 25 constitucional prevé amplias facultades de dirección económica al Estado entre las que se encuentra el servicio eléctrico, por lo que está en aptitud de modificar las normas que rigen las condiciones regulatorias relativas al sistema eléctrico al estar de por medio las necesidades que demanda la sociedad.
Los permisionarios que ya operaban durante la entrada en vigor de la nueva ley mantendrán las condiciones regulatorias que regían al momento en que obtuvieron su permiso, mientras que los solicitantes preexistentes mantendrán las condiciones regulatorias generales conforme a la normatividad anterior.