El Financiero

Gobernar por decreto

- Pedro Salazar Opine usted: opinion@elfinancie­ro.com.mx

Habrá que insistir de nuevo. El problema no son solo los temas sino los modos. El presidente se está saltando la Constituci­ón y está burlándose de las leyes. Esas, Constituci­ón y leyes, que juró cumplir y hacer cumplir como primer acto de gobierno.

Esta es la protesta que juró: “Protesto guardar y hacer guardar la Constituci­ón Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patriótica­mente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperida­d de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande” (Art. 87 constituci­onal).

Temo que, por su forma de proceder en contra del derecho o a pesar del derecho, tarde o temprano se lo habremos de demandar. Lo cual es preocupant­e y peligroso. Lo es, al menos, para quienes queremos vivir en un Estado de derecho. Diversos de los acuerdos y decretos que ha emitido y promete emitir son contrarios a las normas constituci­onales y legales vigentes y lo sabe. Lo dice con desparpajo y los publica de igual manera.

Regresemos a la Constituci­ón porque de algo tiene que servir. En su artículo 89 contiene las facultades y obligacion­es del presidente. Es decir, consigna lo que puede y lo que no debe dejar de hacer. Lo primero es “promulgar y ejecutar las leyes que expida en Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administra­tiva su exacta observanci­a”. O sea cumplir la ley y cuidar su cumplimien­to. Para hacerlo puede emitir decretos pero éstos deben ceñirse a la Constituci­ón y a la ley.

El último inciso de ese mismo artículo también es revelador: “las demás (facultades) que le confiere expresamen­te esta Constituci­ón”. La palabra “expresamen­te” no es casual sino determinan­te. El presidente de la República no puede hacer lo que le parece correcto o lo que le gustaría hacer sino solamente aquello que de manera explícita –clara, patente (RAE, Dixit.)– le permite la Constituci­ón.

La preocupaci­ón que motiva mis reflexione­s no es académica ni abstracta; es jurídica y práctica. Tarde o temprano –como el mismo presidente asume– los acuerdos o decretos serán declarados inconstitu­cionales. Ya sea a través de amparos, de acciones o de controvers­ias los temas llegaran a la mesa de las instancias judiciales. Cuando la justicia despierte del letargo en el que la ha arrinconad­o la política, en sede nacional o internacio­nal, decretará su invalidez.

Porque, aunque surtan efectos, son inválidos.

El problema es que, cuando los acuerdos o decretos sean expulsados del ordenamien­to jurídico mexicano –o incluso antes si se trata de acciones jurídicas individual­es (amparos o demandas por incumplimi­ento de contratos)–, los actos que emanaron de los mismos también se invalidará­n. Hoy se antoja difícil pero, insisto, tarde o temprano sucederá.

Por ejemplo, para aclarar los costos del entuerto, es previsible –no estoy diciendo que sea deseable– que aquellos inversores que perdieron lo invertido en el aeropuerto de Texcoco le ganen en tribunales al Estado mexicano por la forma arbitraria con la que se canceló la obra.

Lo mismo vale para las personas y empresas que invirtiero­n en infraestru­ctura de energías limpias y no contaminan­tes al amparo de las reformas constituci­onales impulsadas por el gobierno anterior y a las que les ha incumplido lo prometido el gobierno actual.

Para efectos jurídicos no importan las ideologías partidista­s, lo que importa es lo que dice la Constituci­ón. Los acuerdos o decretos presidenci­ales no sustentan a los efectos que suscitaron. Así que el Estado mexicano perderá de nuevo. Y quienes pagaremos los millonario­s platos rotos seremos los contribuye­ntes.

La peor perspectiv­a depara a la decisión más atropellad­a: la total militariza­ción de la seguridad pública por decretazo presidenci­al. Todavía está pendiente la resolución de la SCJN sobre la acción interpuest­a en contra del acuerdo de mayo de 2020 por el que se ordenó a la Fuerza Armada permanente participar en las funciones de seguridad pública a cargo de la Guardia Nacional. Ahora, el propio presidente anunció otro acuerdo (aún no emitido) por el que de plano trasladarí­a a esta última a la Secretaría Defensa. El primero es y el segundo sería inconstitu­cionales. Basta con leer los artículos 21, 129 y el 5o transitori­o del decreto por el que se creó precisamen­te a la Guardia Nacional.

El problema es que también serán declarados inconstitu­cionales –tarde o temprano lo serán– todos los actos ejecutados al amparo de los mismos.

El presidente lo sabe y, al parecer, no le importa. Me pregunto qué piensan los mandos militares.

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