Cuando el agua no(s) alcance…
¿Son suficientes las estrategias en materia hídrica? (4)
Estimados lectores, continuamos con lo abordado desde hace dos semanas, ahora reflexionaremos sobre la cuarta estrategia que se propone para Aguascalientes en el Plan Hídrico, así que vamos directo al tema.
4. Control de la contaminación mediante la regulación y monitoreo de descargas de aguas residuales. Objetivo: Restablecer las condiciones ambientales de los cuerpos de agua de la entidad por medio de la captación de las descargas sin tratamiento previo que actualmente se vierten a su cauce.
Esta estrategia guarda estrecha relación con las estrategias segunda y tercera que abordé la semana pasada, relativas al saneamiento en lo que insistí debe ponderarse, más que una estrategia de construcción de plantas, en un sistema de saneamiento que coordine todos los componentes del saneamiento, incluyendo la operación de plantas y la reutilización de aguas residuales, pero, ¿qué hacer con el agua contaminada antes de sanear?, ¿cuál debe ser la visión a construir? Debemos partir y en un ejercicio de honestidad que la estrategia mexicana para reducir la contaminación es una estrategia por regulación al revés, la más inadecuada y camino a la simulación con la sentencia “el que contamina paga”, en este espacio lo he señalado, en otros países simplemente “el que contamina se va a la cárcel”. No confundan con que tomemos medidas de “populismo punitivo”, pues, más que persecución, se demanda una actitud de seriedad respecto a la gravedad de la contaminación. Encontramos a nivel nacional vergonzosas experiencias de derrames de mineras y otros ramos de la industria, cuyos daños son irreparables, puesto que la fauna es liquidada y las condiciones del agua son para no seguir permitiéndolo, esta sentencia permite seguir contaminando y, como se dice popularmente, “contamino y pago”, al cabo no pasa nada, luego vienen las complicidades en el no ejercicio de autoridad condonando deudas o haciéndose de la vista gorda.
Cierto y es necesario dejar en claro que la facultad es de competencia federal, el rol de Profepa, en coordinación con la Conagua y la propia Semarnat, es fundamental. En este sentido, se precisa de impulsar una reforma a la Ley de Aguas Nacionales, nada que ver con el derecho humano al agua, para que no existan confusiones, pero sí con el propio artículo cuarto constitucional en lo que corresponde al derecho a un ambiente sano. Cierto que, a la larga, al reducir la contaminación del agua, se contaría con un margen notable de disponibilidad de agua que permita la mejora en los servicios de agua y en allanar el camino a que el usuario en los casos que corresponda tenga garantizado el derecho humano al agua.
Lo que sí procede es que se establezca una estrategia ambiciosa de coordinación con el Gobierno Federal, impulsando, no sólo en ese sentido la reforma que se necesita, sino en el apoyo en el monitoreo, supervisión y consolidación de una política pública, que permita, además de la reducción, la erradicación de esas prácticas que han inducido la alta contaminación en los cuerpos de agua superficial y en los subterráneos, es decir, los acuíferos. Sin pasar por alto el daño ambiental que no debe de simularse, ya que es “ecocidio”, afectando flora y fauna, así como el fomento de redes de corrupción.
Es un hecho de todos sabido que el desmantelamiento de personal en Conagua ha sido una constante desde ya algunas administraciones sexenales y la actual lo ha magnificado, pero no es momento ni espacio de echar culpas, sino que desde las administraciones estatales se impulsen acuerdos incluyendo a los propios municipios, dado que es de vital importancia su colaboración. Dentro del marco legal y propio que nos permite la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 116 signar convenios de coordinación, en los cuales las autoridades estatales y municipales faciliten al personal que realice el monitoreo, inspección, supervisión, seguimiento y envíe las tomas de muestras a los laboratorios acreditados ante la EMA, Entidad Mexicana de Acreditación y activando a la Profepa y Proespa, para actuar. Si bien es claro que a la autoridad le corresponde sancionar, pero la labor complicada del monitoreo la desarrollaría, apoyando las entidades federativas, liderando las autoridades estatales de agua, organismos operadores, procuraduría ambiental, Secretaría de Medio Ambiente y, en el caso de algunos municipios, que cuenten con su instancia de Medio Ambiente. Esto ayudaría en no dejar vacíos, pero la acción primordial es que se reforme ese principio que induce a contaminar y se busque una política pública que impulse una mecánica de estímulo, en la cual el sector productivo de tratamiento esté bajo parámetros de norma al agua antes de descargar. Si no lo hacen, las sanciones deben ser firmes, y esto aplicaría con mayor severidad en otro grave problema como son las descargas clandestinas. Continuaremos la próxima semana con el resto de las estrategias. No olviden, amables lectores, la importancia de emprender políticas y acciones que permitan que en México y Aguascalientes el agua nos alcance.
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