Investiga casos de tortura y trato inhumano a detenidos
El Protocolo de Estambul es el manual de investigación y documentación efectiva sobre tortura, castigos tratamientos crueles, inhumanos o degradantes que tiene como objetivo servir como guía internacional para la evaluación de las personas que posiblemente han sido torturadas, o reportan algún hallazgo a la justicia.
FUE ADOPTADO por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el año 2000, con estándares y procedimientos reconocidos internacionalmente de cómo reconocer y documentar síntomas de tortura para ayudar a que la documentación recopilada cumpla con los requisitos pertinentes para servir como evidencia válida ante los órganos de justicia.
EL EXAMEN físico a las presuntas víctimas deberá llegar a tal grado de detalles que relatará las condiciones de la piel, los ojos, la cara, los oídos, la nariz, la mandíbula, la orofaringe y el cuello, seguido por la cavidad bucal y los dientes, el tórax, el abdomen, todo el sistema músculoesquelético, genitourinario, nervioso central y periférico, y deberá incluir todas las pruebas diagnósticas necesarias.
Es a través de este que se pretende conocer las circunstancias que condujeron a esa práctica con detalles como la fecha, la hora y el lugar donde se realizó, así como una descripción minuciosa de las víctimas y de los hechos, mediante declaraciones de la presunta víctima.
Para iniciar con la aplicación del Protocolo de Estambul, se deberá obtener la declaración del afectado, sea de primera persona o a través de su cuerpo colegiado, además existe la posibilidad de incluir testigos, pruebas físicas, documentos y algunos indicios médicos que ayuden a la investigación.
Posterior a la presentación, será un doctor el que debe redactar la información con el presunto torturado, pues ahí mismo se incluirá los métodos de tortura, malos tratos, síntomas físicos o psicológicos que pudiera estar sufrieron la víctima.
Una vez terminado el informe y observaciones el médico deberá ofrecer una interpretación de la relación probable entre los síntomas físicos y psicológicos con posibles torturas, así como recomendar un tratamiento médico y psicológico o nuevos exámenes, mediante un informe médico será confidencial.
También se prevén factores de sospecha de la implicación de un agente del Estado, cuando la víctima haya sido vista por última vez en buenas condiciones de salud, detenida o bajo custodia policial; cuando sea identificable el modus operandi con las prácticas de tortura, cuando los agentes del Estado hayan tratado de obstruir la investigación de tortura.
El informe médico es una opinión pericial sobre el grado que los resultados del examen que se correlacionan con la denuncia del
DE ACUERDO con el protocolo, se requiere que quien investigue una tortura cuente con autoridad para obtener la información necesaria, testimonios, documentos y registros estatales, pero también para proteger a testigos y familiares de la víctima.
maltrato para constatarlo y mostrar las secuelas físicas y psicológicas. Todo detenido deberá ser examinado en privado, nunca en presencia de un policía o agente de la ley.
También deberán documentarse los antecedentes del caso, es decir, la historia psicosocial y previa al arresto, una relación detallada de la detención y los malos tratos, las circunstancias de dicha detención, los métodos de tortura tomando nota de la posición del cuerpo del denunciante, si hubo pérdida de conocimiento, localización anatómica y parte del cuerpo afectada.
Para explicar las incoherencias de la narración del caso deberá considerarse que la víctima pudo estar drogada o con los ojos vendados, si tiene miedo, si tiene desconfianza, o bien, muestra pérdida de memoria relacionada con el trauma o como consecuencia de golpes en la cabeza, asfixia, casi ahogamiento o privación de alimentos.
Finalmente dicho examen deberá concluir si hay una firme relación entre las lesiones encontradas con el traumatismo descrito por la víctima, si existe una relación probable o si no existe dicho vínculo.
Es de mencionar que el protocolo, fue creado por más de 75 expertos en leyes, salud y derechos humanos durante tres años de esfuerzo colectivo, involucrando más de 40 organizaciones diferentes incluyendo al Consejo Internacional de Rehabilitación de las Víctimas de Tortura, pero el poder comprobar la tortura resulta ser más complicado para los afectados.