Plantea encarcelar a guiadores ebrios
En caso de prosperar la iniciativa de reforma al Código Penal, si alguien cometiera dos infracciones de este tipo en un periodo de 12 meses, pasaría dos años en la cárcel
El 4 de julio la diputada presentó la iniciativa con carácter de decreto, por medio de la cual propone reformar, adicionar y derogar disposiciones del Código Penal del Estado, a fin de crear el tipo penal de conducción de vehículo automotor en estado de ebriedad.
En la propuesta de la diputada, pretende reformar los artículos 138, 139 y 149 del Código Penal del Estado de Chihuahua, a fin de cambiar la sanción administrativa a tipo penal, para aquellos conductores que toman el volante en estado de ebriedad basado en estudios de sangre y no simples alcoholímetros.
La legisladora Laura Marín Franco explicó que se buscará evitar que los conductores utilicen los vehículos si ingieren bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancia que no les permita el buen desempeño ante el volante, ya que podría ocasionar algún accidente, lesionar o incluso llegar a generar un homicidio imprudencial.
Para ello se establecerá un nuevo mecanismo para determinar si la persona conduce en estado de
ebriedad y como primera llamada de atención será encerrado en la Dirección de Vialidad, ahí pagará sus horas como normalmente se hace y se le interpondrá una multa económica por el grado de ebriedad que presente.
Ahora se buscará que los conductores que sean detenidos por primera vez bajo los influjos del alcohol, se les suspenderá la licencia por un año, además de que deberán presentar servicio social obligatorio, más las penas que actualmente se realizan para combatir esta práctica.
“Si alguien es detenido de nueva cuenta, es decir por segunda ocasión en un año, ahora sí el conductor se pone a disposición del Ministerio Público para que sea acusado de un delito, por el cual podría pagar de seis a dos años de prisión, además de que no podrá volver a manejar en dos años”, explicó la diputada Marín Franco.
Para los casos cuando se cometa homicidio por la conducción en estado de ebriedad de un vehículo, se aplicará la pena de seis a ocho años de prisión, multa de cuatrocientas a seiscientas unidades de medida y actualización, y suspensión de los derechos para conducir vehículos de motor por un lapso igual a la pena de prisión impuesta. Si el homicidio recae en dos víctimas o más, la pena de prisión a imponer se incrementará de siete a diez años.
A quien acumule dos infracciones a la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua por conducir, manejar o maniobrar vehículos automotores con una cantidad de alcohol en aire expirado superior a los .051 miligramos por litro en el término de un año contando a partir de la primera infracción, se le aplicará una pena de seis meses a dos años de prisión, se le aplicará una multa de cien a doscientas unidades de medida y actualización, trabajo a favor de la comunidad y la suspensión de los derechos para conducir vehículos de motor hasta por el término de dos años.
Estas medidas no se tienen actualmente contempladas en el Código Penal del Estado de Chihuahua y de ser aprobada en el Congreso del Estado, entraría en vigor un día después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.