Voto por voto en Puebla
Se realizará el 24 de septiembre en las salas regionales de Ciudad de México y Toluca
CDMX.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló el recuento total de votos en Puebla para la elección de gobernador en la entidad, debido a que se advirtieron irregularidades que no permiten tener certeza respecto a las casillas que fueron objeto de recuento y los resultados correspondientes.
Miguel Barbosa Huerta, candidato de la coalición Juntos Haremos Historia, impugnó el proceso en el que resultó gobernadora electa Martha Erika Alonso, abanderada Por Puebla al Frente, tuvo eco entre los magistrados, quienes consideraron relevante el caso dado que la diferencia entre el primero y el segundo lugar es de apenas 122 mil 36 votos, el equivalente a 4.04% de la votación emitida.
Barbosa insistió ayer en que su ventaja es por 10 puntos y afirmó que "todo se va corroborando", sin embargo señaló que todo el material electoral que va a ser abierto y contado, ha estado en manos de quienes han manipulado la elección; por lo que dijo no tener confianza en lo que se vaya a encontrar.
Mientras los partidos que apoyaron a la panista expresaron su respeto a la máxima autoridad electoral y respaldaron su decisión. "Estoy convencida que con esta resolución, se tendrá la plena y absoluta certeza del triunfo que obtuvimos para la gubernatura de Puebla", dijo en su cuenta de Twitter la gobernadora electa, quien ya recibió su constancia de mayoría. irregularidades que generan dudas sobre la actuación de las autoridades en 13 distritos, ya que el total de las casillas no coincide con las que fueron recontadas; en nueve distritos no se especifican las casillas recontadas ni sus resultados, y en seis distritos no se asentaron resultados de casillas objeto de recuento.
Movimiento Regeneración Nacional impugnó los cómputos finales de la elección por la gubernatura de Puebla, solicitando el recuento en cada uno de los distritos electorales de dicho estado. El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) negó esta solicitud, señalando que no se cumplían los requisitos legales para el recuento total, consistentes en que se presente una solicitud durante la sesión del cómputo y que la diferencia de votos a nivel distrital entre las candidaturas ubicadas en el 1o y 2o lugar de votación sea menor de un punto porcentual.
Asimismo, consideró que no resultaba viable realizar un nuevo escrutinio y cómputo en sede judicial, porque el partido no logró demostrar posible existencia de errores o inconsistencias que afecten el principio de certeza.