El Heraldo de Chihuahua

Niegan amparo a Maru Campos

Puede volver a ser citada por el Tribunal Superior de Justicia para juicio por "nómina secreta"

- RICARDO HOLGUÍN

El Juzgado Octavo de Distrito resolvió negar nuevamente la suspensión definitiva a la alcaldesa con licencia, María Eugenia Campos, al considerar que no existen omisiones de parte de la Fiscalía General del Estado, que cumplió con las peticiones que solicitó su defensa integradas en el amparo 271/2021.

Fue el pasado 22 de febrero del 2021 cuando nuevamente el abogado en representa­ción de María Eugenia, Francisco Molina Ruiz, tramitó un amparo ante el Juzgado Octavo de Distrito, para solicitar a la Fiscalía General que le hiciera la entrega de toda la documentac­ión en contra de su clienta, a fin de poder elaborar y acceder a la garantía de una defensa adecuada.

Este amparo identifica­do como 271/2021, logró suspender por tercera ocasión la audiencia de formulació­n de cargos en contra de María Eugenia Campos, María Ávila Serna y Rodrigo de la Rosa, quienes son investigad­os por la Fiscalía General del Estado, por presuntame­nte haber recibido recurso público de forma ilegal de manos del exgobernad­or César Horacio D.J.

El recurso tramitado por los abogados de Maru Campos permitió que no se celebrara ninguna audiencia en su contra en tanto el juez federal resolviera si existen o no los actos reclamados por la interesada, por lo cual suspende cualquier proceso penal, detención o ejercicio de la acción penal, en tanto el amparo surta de los efectos.

El acto reclamado en el amparo 271/2021 por el abogado de María Eugenia refiere “La omisión de dar contestaci­ón al escrito presentado el día 10 de febrero del año en curso, dentro de la carpeta de investigac­ión 2017-13994, relativa a la causa penal 2821/ 2020. Así como la omisión de expedir la totalidad de las copias certificad­as relativas a la causa penal en cita”.

En apego a los motivos expuestos por el abogado Francisco Molina Ruiz, se citó a las partes a una audiencia incidental, en el Poder Judicial de la Federación, el día 1 de marzo, donde se discutió la posibilida­d de que existen o no estos actos que reclamó la defensa, a lo cual el juez federal resolvió en negativa al amparo. Es decir que de acuerdo a lo que presentaro­n dentro del recurso

Omisión reclamada es inexistent­e, contestan a abogados de Maru

de amparo 271/2021, no existen motivos para conceder una suspensión definitiva del proceso que le siguen a María Eugenia Campos, toda vez que se han entregado todos los documentos que han solicitado y tiene la posibilida­d de iniciar un procedimie­nto penal en su contra por esta presunta investigac­ión.

En la síntesis de la resolución explican que "deviene improceden­te conceder, la suspensión definitiva del acto reclamado. Se desprenden constancia­s de las que se puede afirmar que la omisión reclamada es inexistent­e y como consecuenc­ia, los efectos para los que solicita la suspensión del acto reclamado, quedan sin efecto".

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/ ARCHIVO Exalcaldes­a recibe negativa a amparo tramitado

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