Devolución de bienes no dependió de Corral
Se debió a acciones del director de Extinción de Dominio y el juez Octavo Civil "en un ejercicio prudente de curarse en salud, evitando mayores errores", señala el representante legal
Estuvo en manos del director de Extinción de Dominio y el juez Octavo Civil, quienes para “evitar mayores errores" procedieron con el desistimiento, señala el representante legal del exmandatario
Juan Carlos Mendoza Luján, quien es representante legal de César Horacio D. J. indicó que la devolución de los bienes no depende de la voluntad caprichosa o frívola del gobernador en turno, sino de acatar lo establecido en la Ley Nacional de Extinción de Dominio y sus procesos previstos en los artículos 246 y 247 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
El abogado defensor difundió ayer una carta, en la cual explicó que “(Javier) Corral no devolvió ningún bien de los que su administración privó ilegalmente al exgobernador así como a decenas de ‘duartistas’ pues él (Corral) no tendría ni la decencia ni el valor de enfrentar sus errores arbitrarios, ni mucho menos resarcir sus enormes errores y yerros indescriptibles e innumerables”.
Mendoza detalló que fiel a su estilo, el ahora exmandatario “en su intento fallido de mantenerse inútilmente presente entre los chihuahuenses, ofreció un video plagado de mentiras y medias verdades”. En referencia a la grabación que Corral Jurado difundió el miércoles pasado en sus redes sociales con su postura sobre el caso, desmintiendo que se le devolverán los bienes a César Horacio D. J., que no hubo acuerdo alguno de la Fiscalía durante su administración y que si ocurre será por la impunidad que el actual gobierno le ofrezca.
Sin embargo, el abogado del exgobernador repuso que los actos administrativos y las resoluciones jurídicas realizadas los días 2 y 3 de septiembre pasado, no obedecen a una acción suya.
"Son dos razones a las acciones, por un lado el director de Extinción de Dominio y por otra parte, el juez Octavo Civil, quienes en un ejercicio prudente de curarse en salud, evitando mayores errores que puedan transformarse en posibles hechos constitutivos de delito y sanciones administrativas,
Defensa calificó de lamentable y "esquizofrénica" la intervención del exgobernador Corral en este tema en el cual aún intenta tomar como siempre un "protagonismo egocéntrico y desenfadado" a tal grado de intentar “instruir" a esa persona que en su administración fuese el fiscal General del Estado.
tuvieron la prudencia de hacer su trabajo en apego a las leyes que regulan sus acciones y reconocieron el absurdo de lo pretendido en un juicio de extinción de dominio sin pies ni cabeza en todos los sentidos, cuyos errores y omisiones quedaron expuestos, evidenciados, fundados y argumentados debidamente por esta defensa”.
El abogado aseguró que en diversas entrevistas en medios de comunicación expuso esas arbitrariedades, por lo que dichos actos y resoluciones no obedecen a criterios recientemente emitidos por la Suprema Corte, mucho menos a una acción del exgobernador Javier Corral.
"La devolución de bienes asegurados o embargados no dependen de la voluntad caprichosa o frívola del gobernador en turno, sino que dicha devolución de bienes requiere de los procesos previstos en los artículos 246 y 247 del Código Nacional de Procedimientos Penales, procedimiento que esta defensa ya inició desde el dia de antier 14 de septiembre a fin de obtener la devolución legal de los aseguramientos y embargos ilegales de los mencionados bienes".
Añadió que no es omisa la defensa al identificar la “lamentable y esquizofrénica intervención del exgobernador Corral en este tema”, donde aún intenta tomar como siempre un protagonismo egocéntrico y desenfadado al grado de intentar instruir, a quien en su administración fuese fiscal general del estado.