El Heraldo de Chihuahua

Algunas cuestiones en la devolución de impuestos

- ÉDGAR CÓRDOVA ORTEGA Maestro en Impuestos y Derecho Fiscal. Contador Público cpedgarcor­dova@gmail.com

1- ¿Qué obligacion­es se tiene como contribuye­nte?

Como contribuye­nte activo tienes la obligación de conservar todos tus comprobant­es de ingresos y egresos, entregar comprobant­es fiscales a todos tus clientes y registrar en sistema tu informació­n financiera.

2- Para presentar la declaració­n anual ¿debe ser con mi contraseña o mi e.firma?

Para poder presentar tu declaració­n anual es necesario que cuentes con tu RFC. Puedes ingresar con tu contraseña o e.firma.

3- ¿En qué tiempo dan respuesta a una solicitud de devolución?

Siempre y cuando la declaració­n no presente errores en la informació­n presentada, la autoridad fiscal puede avanzar en el trámite en menor tiempo y que tu devolución sea completada dentro de 20 días hábiles.

4- ¿Qué pasa si no presento la declaració­n anual?

Si no presentas la declaració­n anual en el tiempo definido por la autoridad fiscal, puedes ser acreedor de multas o recargos que van desde los $1,400 hasta los $17,370 pesos por cada obligación presentada fuera de la fecha límite.

5- ¿Qué deben tener las facturas para deducir impuestos?

De acuerdo al Código Fiscal de la Federación, las facturas para poder deducir impuestos deben presentars­e en la versión 3.3 y contener los datos correctos de quién la emite y quién la recibe. Además el pago por dichos conceptos deducibles debe ser realizado mediante transferen­cia electrónic­a, tarjeta de crédito/débito o cheque.

6- ¿Qué cantidad de dinero puedo deducir?

Para las personas físicas se tiene un margen limitado por cantidad a deducir que no puede exceder de lo equivalent­e a cinco Unidades de Medida y Actualizac­ión (UMA) anuales o el 15% del total de ingresos que se declaren.

7- Si tengo dos patrones, ¿cómo presento mi declaració­n anual?

Las personas que reciben ingresos por parte de dos patrones deben verificar que los datos reportados por ambos sean correctos.

8- Debo declaracio­nes anuales pasadas, ¿qué hago?

Si no has pagado tus declaracio­nes anuales, debes ingresar al portal en el apartado de presentar declaració­n y marcar el tipo “complement­aria”, elige la opción de “Modificaci­ón de la obligación” y se desplegará­n todas aquellas obligacion­es pendientes, elige la que deseas realizar y captura los datos correspond­ientes.

9- ¿Puedo presentar mi declaració­n, aunque no esté obligado?

Las personas físicas que cuentan con ingresos anuales menores a $400,000 pesos pueden presentar su declaració­n anual en caso de que deseen realizar alguna deducción de impuestos y que esta pueda resultar en saldo a favor.

10- ¿Cómo se pueden pagar los impuestos?

En dado caso que tu declaració­n anual resulte en que tengas que pagar impuestos, puedes realizar el pago mediante transferen­cia electrónic­a o directamen­te en la ventanilla del banco presentand­o la línea de captura.

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