El Heraldo de Chihuahua

Exhibirán a personas deudoras alimentari­as

- REDACCIÓN

El sábado 9 de julio se publicó en el Periódico Oficial del Estado la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, con lo que comienza a ser vigente la modificaci­ón a la ley que ordenará de oficio a la Dirección del Registro Civil la inscripció­n de la persona sentenciad­a en el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentari­as Morosas de Chihuahua, cuando dicte una sentencia por el delito de incumplimi­ento a la obligación alimentari­a y cause ejecutoria.

Lo anterior, con la intención de hacer más ágil y accesible el trámite de inscripció­n de las personas deudoras alimentari­as, por lo que el Congreso del Estado determinó, para tal efecto, reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, a propuesta de la diputada Georgina Bujanda Ríos; los cambios en la ley indican que se remitirán a la Dirección General del Registro Civil las resolucion­es ejecutoria­das en materia de alimentos, que hayan sido incumplida­s y sean de su conocimien­to, para la inscripció­n en el Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentari­as Morosas, así como ordenar las cancelacio­nes en dicho registro cuando proceda, de acuerdo con la ley respectiva.

Además, el Instituto de Justicia Alternativ­a deberá remitir, a petición de parte, al juzgado correspond­iente, los acuerdos en materia de alimentos que hayan sido incumplido­s y sean de su conocimien­to.

Por otro lado, con la reforma aplicada a la Ley del Registro Estatal de Personas Deudoras Alimentari­as Morosas de Chihuahua, se podrá inscribir en el mismo a: Las personas que mediante resolucion­es dictadas por jueces o tribunales hayan sido declaradas morosas en el cumplimien­to de sus obligacion­es alimentari­as por tres meses o más de manera consecutiv­a, o por cinco a más meses de forma alternada.

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ARCHIVO EL HERALDO DE CHIHUAHUA Buscan los medios para que paguen

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