Aprueban reformas a UACh y Transportes
Bajan años de servicio para aspirar a Rectoría y dirección académica; regresan a Secretaría General de Gobierno atribuciones de transporte
Con 30 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Congreso del Estado en sesión extraordinaria aprobó la reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Chihuahua, la cual contempla que para ser rector deberá contar con tres años de servicios docentes o de investigación a la universidad; asimismo se plantea la creación del órgano Interno de Control; y los requisitos para director de las facultades.
En ese sentido se ha estipulado que para ser rector de la máxima casa de estudios, además de prestar tres años de servicios docentes o de investigación a la universidad, se requerirá no haber ocupado el cargo por elección, disposición que no aplica en caso de designado interino, sustituto o encargado, por un periodo menor a un año.
En lo que respecta a los requisitos para aspirar a las direcciones de las facultades, se tiene que contar con por lo menos tres años de maestría en la unidad académica, salvo que sea un plantel de nueva creación.
También se deberá cumplir con el requisito de no haber sido titular de la dirección por elección de ese plantel. Esta disposición no aplicará a quien haya ocupado cargo de manera interina, en sustitución o encargo del despacho, por un periodo menor a un año.
En lo que respecta a la persona titular del Órgano Interno de Control deberá cumplir los siguientes requisitos, contar al momento de su designación con experiencia de alguna de las materias relativas al control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, contabilidad gubernamental, auditoría gubernamental, obra pública o adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; así como contar con título y cédula profesional relacionados con las materias antes mencionadas y una antigüedad mínima de cinco años.
La designación de la persona titular del Órgano Interno de Control se llevará a cabo una vez que el Consejo Universitario integre una Comisión Especial conformada por 4 integrantes del propio consejo y un especialista en materia de fiscalización.
Con dicha legislación, la elección o designación de las autoridades de la universidad, se deberá de tomar en cuenta el principio de paridad de género, así como la creación de instancias y sociedades enfocadas a realizar programas generadores de recursos complementarios.
ELEVAN A SUBSECRETARÍA DIRECCIÓN DE TRANSPORTE
Diputados locales aprobaron diversas reformas a la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, en lo relativo a la creación de la subsecretaría en la materia, el traslado de todas las atribuciones en materia de transporte de la Secretaría de Desarrollo Urbano a la Secretaria General de Gobierno, así como lo que respecta a la adquisición, renovación, cancelación o sucesión de las concesiones de transporte.
Con dicha aprobación del pleno de los diputados locales, la Dirección de Transporte se convierte en Subsecretaría, por lo cual se trasladan todas las atribuciones en materia de transporte a la Secretaría General de Gobierno.
Asimismo se otorgará a la Secretaría General de Gobierno la facultad de “aprobar las tarifas de transporte y tramitar las solicitudes para el otorgamiento de concesiones, permisos, autorizaciones o registros, y demás actos jurídicos y administrativos en materia de transporte y vías de comunicación de competencia estatal, de conformidad con la ley en la materia”.
Otra modificación consiste en relación con la Empresa Propiedad del Estado denominada “Operadora de Transporte Viveel bús Chihuahua”, donde se retira de la Presidencia del Consejo Directivo de la empresa a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, y se otorga tal función a la Secretaría General de Gobierno.
En lo relativo al Fideicomiso “Tránsito Amigo”, se armonizan las referencias que se hace a los “inspectores de transporte adscritos a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología”, para contemplar a la Secretaría General de Gobierno.
En este sentido, se eliminó de la vocalía del Consejo Directivo del fideicomiso a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, y se agrega en su lugar a la Secretaría General de Gobierno.
MODIFICACIONES A LA LEY
La actual Dirección de Transporte se convierte en Subsecretaría, modificando aquellos artículos en que se hace referencia a la “Dirección”.
Se trasladan a la Subsecretaría atribuciones operativas que actualmente corresponden a la Secretaría, como, convocar a sesiones del Consejo Consultivo de Transporte; autorizar los estatutos de personas morales que prestan servicios de transporte; y autorizar de manera temporal la prestación del servicio en casos de suspensión por fuerza mayor o intervención.
Se otorga a la Subsecretaría la facultad para implementar una plataforma tecnológica exclusiva para taxistas, con las mismas características que las usadas por empresas de redes de transporte.
La adjudicación de concesiones podrá hacerse mediante designación directa de la Secretaría, sin que sea indispensable efectuar un concurso como es actualmente.
Las concesiones y permisos podrán heredarse en caso de fallecimiento o declaración de ausencia del titular; se otorgarán a quien designe el concesionario mediante lista inscrita previamente ante la Subsecretaría, la cual estará limitada a las personas sujetas a la sucesión legítima.
Las concesiones y permisos podrán cederse con autorización de la Subsecretaría, a las siguientes personas, cónyuge, descendientes en primer grado o concubina, además de terceras personas.
La solicitud de renovación de la concesión o permiso podrá presentarse en cualquier momento previo a su vencimiento.
Los concesionarios y permisionarios podrán instalar publicidad en las unidades del servicio de transporte de conformidad con lo dispuesto en el reglamento de la ley.
En centros de población menores a 150,000 habitantes, se podrá autorizar la utilización de taxis de una antigüedad de hasta 10 años, y hasta 15 años para las demás modalidades de transporte; actualmente se contempla a centros de población menores a 30,000 habitantes.
NACE LEY GENERAL DE ARCHIVOS
El Congreso del Estado aprobó la expedición de la Ley General de Archivos, tras iniciativa presentada por la gobernadora María Eugenia Campos Galván, con la cual se convertirá el Archivo General en un organismo descentralizado, no sectorizado con personalidad jurídica propia, y se conformará una estructura orgánica que opere el Archivo General del Estado.