El Heraldo de Chihuahua

El agua como derecho humano y no como negocio

- Lilia Aguilar Gil Maestra en Administra­ción y Gestión Pública. Diputada federal

El falso debate de algunas autoridade­s de las Juntas de aguas municipale­s sobre en qué momento es necesario aplicar el corte del suministro a este recurso debido a la falta de pago tiene un enfoque de negocio que no se correspond­e a lo que la Constituci­ón y los tratados internacio­nales firmados por México en la materia dicen. La postura que debe prevalecer es la de considerar el acceso al agua como un derecho humano, y éste debe ser el eje de las acciones y políticas públicas.

Basta ya de las “soluciones” que guían una política pública fácil y al servicio de una visión que no ha sido capaz de entender que el considerar al agua como un simple derecho es una postura limitada. Las implicacio­nes de este derecho se encaminan a garantizar el acceso al agua, no al contrario, no a determinar cuándo se debe cortar. En Chihuahua parece que a veces vamos al revés, pues mientras el mundo sienta las bases para garantizar el acceso al agua, acá vemos cómo hacer pero para no garantizar­lo.

La Constituci­ón es muy clara en el artículo 4o párrafo sexto: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposició­n y saneamient­o de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizar­á este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidade­s para el acceso y uso equitativo y sustentabl­e de los recursos hídricos, establecie­ndo la participac­ión de la Federación, las entidades federativa­s y los municipios, así como la participac­ión de la ciudadanía para la consecució­n de dichos fines”.

Es muy claro, el derecho humano al agua debe ser suficiente, saludable, aceptable, físicament­e accesible y asequible. El acceso al agua como derecho humano establecid­o en el artículo 4° de nuestra Constituci­ón federal y local (es el reconocimi­ento de ambos órdenes del gobierno mexicano), de que todo ser humano debe contar con el suficiente líquido para consumo personal y doméstico con caracterís­ticas adecuadas de salubridad y asequibili­dad.

Bajo este enfoque, es importante considerar que los cortes de agua que realizan las Juntas son violatorio­s del derecho humano de acceso al agua potable y, por lo tanto, son inconstitu­cionales. Por ello, los servidores públicos que participen incurren en responsabi­lidades, que de ninguna manera deben quedar impunes, por lo que

resulta necesaria la actualizac­ión de las sanciones que prevé la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas en nuestro estado.

Una de las gestiones más asistidas en el Partido del Trabajo es precisamen­te los ilegales cortes de agua que llevan a cabo las autoridade­s en contra de los más desprotegi­dos, en donde, incluso, gran parte de los casos tiene que ver con pagos completame­nte injustos que no se justifican en los barrios de bajos recursos, como múltiples colonias en Juárez en donde los adeudos alcanzan cifras que ni los residencia­les tienen.

Por ello es que en días próximos se presentará una iniciativa que busca que quede establecid­o en la Ley de Agua del estado, que las personas tengan garantizan­do un mínimo vital de 50 litros diarios a cada una para su bienestar; garantizar a la población en condicione­s de vulnerabil­idad, su desarrollo y del ambiente para su equilibrio, conservaci­ón y suministro de agua para uso doméstico de manera ininterrum­pida.

Esta iniciativa deja claro que para la creación de un Sistema de Cuotas y Tarifas se antepondrá el derecho humano al agua, se vigilará el respeto irrestrict­o de derecho humano al agua en la prestación y el funcionami­ento eficaz de los servicios, la creación de un Órgano Interno de Control, con dependenci­a jerárquica y funcional, para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que afecten el derecho humano al agua, además de que sólo se podrá suspender total o parcialmen­te el servicio y retirar el aparato medidor, únicamente cuando esté desocupado el inmueble y lo constate fehaciente­mente.

Este es el enfoque del agua como derecho humano que debe estar detrás de cada acción de todos los servidores públicos que laboran en este servicio, con los derechos de las personas como eje y no el negocio.

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