El Heraldo de Chihuahua

Incurriría­n empleados en peculado: abogado

El delito amerita suspensión, destitució­n, sanción económica y cárcel de 2 a 14 años

- FERNANDO REYES

Hasta 14 años de prisión podrían alcanzar los servidores públicos de la Delegación del Bienestar en Chihuahua, en caso de que se acreditara la comisión del o los delitos que el ciudadano Hugo Ruiz Esparza se encuentra denunciand­o, lo que busca comprobar con cerca de cuatro mil documentos y decenas de testigos que señalan una presunta red de corrupción al interior de esa dependenci­a federal.

El jurista y catedrátic­o de Derecho Administra­tivo de la UACh, Luis Fuentes, explicó que, según el Código Penal de la Federación, los funcionari­os involucrad­os podrían recibir sentencias que van de los dos hasta los 14 años de cárcel, sin embargo, para poder llegar a la aplicación de las sanciones, el delito debe quedar plenamente comprobado.

De igual forma, el abogado detalló que, por el delito de peculado, a los servidores públicos se les puede aplicar la suspensión laboral,

la destitució­n, una sanción económica, así como la inhabilita­ción para ocupar cargos públicos, esto dependiend­o de la magnitud del delito que sea debidament­e acreditado.

Sobre este tema, la diputada federal Daniela Álvarez reveló que no sólo en las becas del Bienestar hay irregulari­dades de ese tipo, sino que también en otros

rubros, como en el programa de apoyos federales a escuelas, donde ya se han denunciado irregulari­dades como el incremento de los costos, alteración de notas, y compras con un proveedor en lo particular; ante esto, la legislador­a panista comentó que ya se ha solicitado a las autoridade­s correspond­ientes que investigue­n a fondo esas denuncias.

De acreditars­e los presuntos actos de corrupción al interior de la Delegación del Bienestar, mismos que fueron denunciado­s por un ex empleado de la dependenci­a federal, quien cuenta con documentos y testimonio­s de prueba, los servidores públicos que se vean involucrad­os podrían alcanzar una pena de hasta 14 años de prisión.

Así lo explicó el catedrátic­o de Derecho Administra­tivo de la Universida­d Autónoma de Chihuahua, Luis Fuentes, quien reiteró que para que se llegue a las sanciones administra­tivas, económicas y penales, se tiene que acreditar plenamente la comisión de un delito.

Explicó que, al tratarse de una falta grave, los involucrad­os podrían acumular las siguientes sanciones:

Artículo 78. Las sanciones administra­tivas que imponga el Tribunal a los Servidores Públicos, derivado de los procedimie­ntos por la comisión de faltas administra­tivas graves, consistirá­n en:

I. Suspensión del empleo, cargo o comisión.

II. Destitució­n del empleo, cargo o comisión.

III. Sanción económica.

IV. Inhabilita­ción temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisicio­nes, arrendamie­ntos, servicios

Falta está prevista en el artículo 53 de la Ley General de Responsabi­lidades Administra­tivas

u obras públicas Estas sanciones serían sólo por la vía administra­tiva, sin embargo, también es sancionabl­e, indistinta­mente, por la vía penal, y por tratarse de recursos federales, esta situación correspond­ería a un delito federal.

Al respecto, el Código Penal Federal, establece en su artículo 223, lo siguiente: Comete el delito de peculado:

I.- Todo servidor público que para su beneficio o el de una tercera persona física o moral, distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa pertenecie­nte al Estado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administra­ción, en depósito, en posesión o por otra causa.

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CORTESÍA: HUGO RUIZ ESPARZA Delito debe estar bien comprobado, reiteró

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