Desalienta combate a la corrupción: ASE
Impugnarán la resolución y seguirían el caso por la vía del juicio de amparo
El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa del Estado de Chihuahua decidió no aplicar sanción al exdirector de la Secretaría de Hacienda, José Alfredo L. C., por haber erogado dos pagos por un monto total de casi 36 millones de pesos por un programa informático que nunca funcionó, tras considerar que no había elementos suficientes y que no se demostraba el daño al servicio público en la acusación de la Auditoría Superior del Estado.
Ante estos hechos, el auditor superior Héctor Acosta dio a conocer que impugnarán la decisión del Pleno del TEJA, ya que consideró que tras un año de recabar información sobre este caso, negó una sanción al respecto e incluso hizo alusión de que no había pruebas para fundamentar una sanción administrativa grave.
Compartió que este tipo de acciones generan un desánimo en el combate a la corrupción, porque aseguró que aún y cuando se reunió la evidencia necesaria que deja claro que hubo actuaciones por lo menos ineficientes y que generaron un daño al erario, se consideró que no procedía, lo que reitera el desaliento en en el combate a la corrupción.
También recalcó que a pesar de que están en desacuerdo con la resolución del Pleno, van a impugnar, pero que no cuenta con esperanzas al respecto, toda vez que quienes resuelven las impugnaciones son los mismos magistrados, por lo cual analizarán continuar con la vía del juicio de amparo.
Considera el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa no hubo los suficientes elementos para acreditar el perjuicio al erario
El auditor superior del estado de Chihuahua, Héctor Acosta Félix, calificó de “desalentador” para el combate a la corrupción que el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa decida negar la aplicación de una sanción administrativa a un ex directivo de la Secretaría de Hacienda, quien fue detectado realizando un doble pago por casi 36 millones de pesos, por un software que nunca funcionó.
Lo anterior, luego de que en la sesión pública del Pleno del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, resolviera que no existen elementos suficientes para acreditar la comisión de la falta administrativa y que no se acreditó un perjuicio al servicio público, a pesar de la evidencia entregada por la Auditoría Superior del Estado, donde se evidenció el mal manejo del recurso público, que fue destinado a pagar un programa que jamás funcionó y que incluso firmaron de recibido con satisfacción pese a que sólo funcionaba al 10% de su capacidad.
Héctor Acosta explicó que desde la auditoría fue un proceso muy elaborado que les tomó alrededor de un año para poder formar el expediente, además de que los magistrados tuvieron cerca de un año y medio para analizar y desahogar el asunto, que a final de cuentas decidieron negar la sanción por “no haber elementos suficientes”.
“Nosotros aportamos todos los elementos que consideramos pertinentes para efecto de acreditar la falta del director de Sistemas, José Alfredo, lo más importante es está el documento en el cual el ex servidor público da su visto bueno, para considerar que el sistema está funcionando a pesar de que teníamos y lo acreditamos en el expediente, documentos con entrevistas, con denuncias con los propios funcionarios de la Secretaría de Hacienda, donde los usuarios daban testimonio que el sistema no estaba en operación”, explica el Auditor.
De acuerdo a lo explicado en la sesión que se llevó a cabo el día 22 de septiembre, el magistrado Gregorio Daniel Morales Luévano hizo referencia a que no había un daño al servicio público, con el doble pago por un servicio deficiente, y que la Auditoría Superior del Estado no había entregado las suficientes pruebas para acreditar este mal manejo de la administración.
“Genera un desánimo en el combate a la corrupción sin duda, es un desánimo el que habiendo evidencia suficiente a la luz de una narrativa, que deja claro que hubo actuaciones por lo menos ineficientes que generaron un daño al erario y por ende al servicio público y que la resolución viene a desanimar la lucha del combate a la corrupción”, comentó.
Al respecto, el Auditor Superior del Estado dijo que un servidor público provocó que se paguen casi 36 millones de pesos por un programa que no sirvió, que no ve algo más evidente que el daño a un servicio público, y el servicio público son todas las actividades que realiza el gobierno en favor de la población.
“Nosotros esperaremos la notificación y vamos a impugnarla, vamos a apelar la resolución, lamentablemente ellos mismos resuelven las impugnaciones, no hay una segunda instancia, es un problema que tiene el sistema de justicia administrativa, que en lugar de tener una segunda instancia, son ellos quienes resuelven las mismas decisiones que ellos mismos emiten”.
El Auditor Héctor Acosta, dijo que si ratifican la impugnación que habrán de entregar cuando sean notificados de esta decisión, van a buscar a las instancias federales, que es un juez de distrito a través del juicio de amparo, donde darán los argumentos para que sea otra autoridad quien pueda evaluar otros criterios la resolución que acaban de dictar. También lamentó la forma en que se está analizando un expediente, que tiene tanta evidencia, de una ineficiencia, en la contratación, vigilancia y puesta de operación de un sistema tan oneroso para el estado de Chihuahua, que pese a las irregularidades se decidió que no había elementos suficientes.
“Creo que el tribunal está siendo demasiado formalista, en cuanto a criterios que se considera que no se satisfacen al 100%, hay una disposición del Código Municipal, que dice que está prohibido la contratación de parientes de regidores, síndicos y presidente municipal, en la nómina del municipio, entonces hemos denunciado al menos una decena de estos casos de este tipo y el Tribunal ha determinado que no procede” señaló.
Sobre este caso, explicó que de acuerdo a lo que refiere el TEJA, lo que está prohibido, es la contratación de “funcionarios”, no en general de “servidores públicos” considera que “funcionarios” implica aquellos de alto nivel y con ese argumento han desechado un grupo de denuncias de contratación indebida, que han señalado en diversos municipios. Es decir que en varias practicas los ayuntamientos o titulares del mismos, contratan y contratan a familiares, pero como los colocan con nombres distintos a “funcionarios”, logran evadir esa responsabilidad y consideran –que a pesar de que son familiares- no infringen ninguna norma o conflicto de intereses.
Dijo que hasta el momento no puede conocer los argumentos que se tomaron en cuenta en esta resolución, ya que aseguró que dentro de las próximas semanas, habrán de notificar esta decisión y el motivo por el cual negaron la sanción, por lo cual aseguró que no puede pronunciarse sobre el resto de los argumentos de los magistrados.
“A pesar de que son sesiones públicas, no dan a conocer los elementos la totalidad de los argumentos con los cuales resuelven, será hasta que nos notifiquen, que fue en lo que en criterio de ellos no se acredito, pero esto podría tardar meses” compartió.
En cuanto se tenga la notificación, la Auditoría Superior interpondrá la queja, que si es improcedente también, entonces buscarían otras instancias para confrontar criterios