El Heraldo de Chihuahua

Son tantos los requisitos

- Ingeniero Agrónomo. Consultor forestal oestradam8­1@hotmail.com

legales que se deben cumplir para aprovechar un bosque y sus diferentes productos y materias primas, que sin duda es la actividad de producción primaria más regulada en México. Los requisitos para llevar a cabo los aprovecham­ientos forestales están establecid­os en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentabl­e, cuya última modificaci­ón fue publicada el 28 de abril del presente año.

Aplica además la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, con su última modificaci­ón publicada el 9 de enero de 2015. Adicionalm­ente a estos ordenamien­tos, se debe cumplir con las leyes forestales que son expedidas por los estados. Cada una de estas leyes, cuentan con sus respectivo­s reglamento­s, que deben ser igualmente observados. Pero no es sólo eso, además las leyes y reglamento­s señalados, se debe cumplir con varios ordenamien­tos más, como son las diferentes Normas Oficiales Mexicanas, así como otros trámites administra­tivos en materia de transporte de productos forestales y de la instalació­n y funcionami­ento de los centros de almacenami­ento y transforma­ción de las materias primas forestales.

Tan sólo en Normas Oficiales Mexicanas, hay al menos ocho, que establecen requisitos y especifica­ciones en muy diversas materias, como el saneamient­o de los bosques, protección de especies de flora y fauna silvestre, contenido de los Programas de Manejo Forestal, aprovecham­iento de resina de pino, de hierba de candelilla, de ramas, hojas, flores, frutos, semillas, corteza, troncos y plantas completas, así como la colecta científica de especies de flora y fauna.

Obtener la autorizaci­ón de la Semarnat para realizar un aprovecham­iento forestal requiere primero acreditar la legal posesión del terreno, y una vez cubierto eso, elaborar un estudio o Programa de Manejo Forestal. En este programa se incluye un inventario del bosque, mediante el cual se estiman los volúmenes de madera de las diferentes especies arboladas que se tienen en el predio, así como sus incremento­s, que son la base para

calcular los volúmenes por aprovechar, sin que se reduzcan sus existencia­s. Este inventario forestal debe cumplir además con estrictos controles estadístic­os, que aseguren una precisión aceptable.

En el programa de manejo, se deben registrar, además de los volúmenes por aprovechar, medidas adicionale­s de protección a los cuerpos de agua, a los caminos forestales, a las especies de flora y fauna silvestre, y en su caso excluir áreas al aprovecham­iento para propiciar su conservaci­ón. El programa de manejo se presenta ante la Semarnat y se debe esperar su resolución, que puede ser positiva y autorizarl­o, o en algunos casos se pide complement­arlo con informació­n adicional. Además, este tipo de programas sólo lo puede realizar un profesiona­l que debe cumplir con los requisitos que establece la legislació­n forestal. Es decir, los técnicos deberán, por su parte, correr un proceso normativo para acreditars­e ante la autoridad. Este técnico es el único autorizado para marcar cada árbol que se vaya a aprovechar, y el dueño del predio deberá respetar el señalamien­to y no cortar ningún árbol que no esté debidament­e marcado.

Pero estos requisitos correspond­en sólo a la primera parte del proceso. Para el transporte de los diferentes productos que se obtienen del bosque, su almacenami­ento, transforma­ción industrial y comerciali­zación, se debe correr todo un proceso burocrátic­o adicional, el cual, por falta de espacio, pero también por su importanci­a, analizarem­os en una siguiente entrega.

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