Director de Conagua podría ser destituido
Jueces buscarán más recursos legales, pues resulta una falta grave el desobedecer lo que dicta un juzgado federal
El director de la Comisión Nacional del Agua en Chihuahua, José Ángel Félix, podría ser sancionado por no acatar los resolutivos de un juez federal en torno a los amparos interpuestos ante decisiones de la Conagua y que han logrado obtener suspensiones definitivas.
Así lo explicó el abogado Franco Sarracino, quien destacó que las sanciones pueden ir desde lo administrativo hasta la destitución del cargo, esto último sin eximirlo de la responsabilidad por negarse a atender las resoluciones de un juzgado federal.
Lo anterior luego de que se diera a conocer que productores agrícolas de diferentes partes del estado de Chihuahua han presentado 951 amparos en contra de decisiones tomadas por la Comisión Nacional del Agua, delegación Chihuahua, de los cuales muchos han sido incumplidos a pesar de contar con suspensiones definitivas.
Según aseguran algunos usuarios de los distritos de riego, el director en Chihuahua de la Conagua, José Ángel Félix, por voluntad propia ha decidido no acatar las resoluciones de los amparos que se han promovido ante jueces federales,
AUN SI es destituido, no le exime de la responsabilidad, lo que quiere decir que éste pese a que no esté en funciones podrá cargar las consecuencias de no cumplir cabalmente con la sentencia
por lo que se buscarán más recursos legales para proceder en su contra, pues resulta una falta grave el desobedecer lo que dicta un juzgado federal.
En este sentido, el abogado Franco Sarracino explicó que de acuerdo con el artículo 193 de la Ley de Amparo, cuando un juicio de amparo se gana, toda autoridad responsable está obligada a cumplir con punto y coma la sentencia emitida por el juez, ya que de lo contrario la autoridad responsable que no cumpla con la resolutoria de amparo puede ser sancionada de distintas maneras.
El servidor público puede ser multado, se le puede dar aviso a sus superiores jerárquicos, hasta la destitución del cargo del funcionario, desde luego hasta la implicación de la fuerza pública para llevar a cabo el cumplimiento de la sentencia de amparo.
“Es preciso mencionar que, pese a que el funcionario público sea destituido, no le exime de la responsabilidad, lo que quiere decir que éste pese a que no esté en funciones podrá cargar las consecuencias de no cumplir cabalmente con la sentencia de amparo, todo esto se menciona en el artículo 193 de la Ley de Amparo”, detalló el jurista.