En el marco de la celebración del Día
EL CONCEPTO DE FEMINICIDIO
(25 de noviembre) Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el mal crece a pasos agigantados en nuestro país, sobre todo el feminicidio.. La mayoría de los programas del gobierno mexicano han fracasado.
E s necesario que los cuerpos de seguridad pública estén debidamente preparados, no solamente en la prevención, sino en todo el proceso de investigación y la forma de tratar cada los asuntos de violencia ante la opinión pública.
En el año 2012 el feminicidio fue considerado como un delito en nuestras leyes. Es el asesinato por el simple hecho de ser mujer.
Hay siete causales que prueban las razones de género: violencia sexual, lesiones o mutilaciones, violencia previa, relación sentimental existente entre el sujeto y la víctima, amenazas previas y/o exposición del cuerpo en la vía pública.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) dio a conocer recientemente que seis de cada 10 mujeres mexicanas han enfrentado algún incidente violento durante su vida y refiere que el feminicidio es sólo la representación más extrema de esta violencia.
El 21 de noviembre de 2019 presentó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, en el que se destaca que de los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que hay en el país, 66.1% (30.7 millones) ha enfrentado violencia de cualquier tipo.
De 2016 al 2021, según el Sistema Nacional de Seguridad Pública, las entidades que presentan las tasas más altas en homicidios de mujeres son: Colima, Baja California, Chihuahua, Guerrero, Zacatecas, Guanajuato, Quintana Roo, Baja California Sur, Morelos, Michoacán de Ocampo, Tamaulipas, Jalisco, Nayarit y Oaxaca.
Las entidades que presentaron el mayor aumento en la tasa de homicidios en general, del año 2016 al 2021, son: Guanajuato, Colima, Baja California, Baja California Sur, Estado de México, Chihuahua, Jalisco, Quintana Roo, Zacatecas y Ciudad de México.
Dicho concepto surge durante la crisis de las mujeres desaparecidas y asesinadas en Ciudad Juárez, en los años 90, principalmente en Lote Bravo, Granjas Santa Elena, colonia La Nueva Hérmila, las faldas del cerro del Cristo Negro, Puente Libre y Campos Algodoneros.
Un avance importante se dio en el año 2007, con la promulgación de la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la que hace un reconocimiento legal de la “violencia feminicida”.
El artículo 325 del Código Penal Federal establece que por el delito de feminicidio se impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.
Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
El 12 de septiembre de 2017, los integrantes del Congreso de Chihuahua reformaron el Código Penal del Estado con la finalidad de establecer el feminicidio como delito. Se agregó un artículo 126 bis, en el cual se estableció la pena de 30 a 60 años de prisión y la reparación integral del daño, a quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
La violencia contra las mujeres es un problema de gran dimensión y una práctica social ampliamente extendida en todo el territorio. Los últimos casos nos obligan a implementar un diseño real de políticas públicas y protocolos de seguridad que permitan frenar los feminicidios y desapariciones.