Gana México a EU panel por mina
El panel de expertos que analizó el caso de la Mina San Martín, ubicada en Sombrereta, Zacatecas, le dio la razón a México debido a que la denegación de derechos sindicales sólo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la Reforma Laboral del 2019.
La queja en contra de la mina, propiedad de Grupo México, se debe a un conflicto que lleva 16 años, y parte de los argumentos en favor de México es que las irregularidades fueron o están en vías de ser corregidas por las autoridades nacionales que sí tienen jurisdicción sobre el caso.
Los tres miembros del primer panel arbitral del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) determinaron que no tenían jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos sindicales en dicha mina.
Las Secretarías de Economía y del Trabajo consideraron que, a través de esta resolución, México sienta un precedente para un uso razonable del MLRR, ya que se ponen límites a su aplicación, en su ámbito de competencia y disuadiendo que en el futuro se pretenda utilizar para injerencias indebidas.
En la audiencia oral sobre el caso, el Gobierno mexicano acusó al estadounidense de querer utilizar el MLRR del T-MEC para restringir el comercio.
“Es necesario que el uso del MLRR contribuya a fortalecer las instituciones nacionales sin menoscabo de las decisiones que han sido tomadas en defensa de los derechos de las y los trabajadores por las instituciones mexicanas”, manifestaron las dependencias.
Por su parte, Grupo México mencionó que prevaleció el interés nacional frente a demandas “frívolas” del sindicato que controla el senador Napoleón Gómez Urrutia.
Dicho sindicato interpuso la queja laboral porque la empresa no reconoció una huelga estallada desde 2007 y negoció con otro grupo de trabajadores no autorizado por ese gremio.