El Independiente

EL OBJETIVO DE LA SEGURIDAD

- Por Rodolfo Aceves Jiménez*

Para muchos teóricos de la ciencia política el fin del Estado es, la seguridad. Esto quiere decir que, luego entonces, por encima de la seguridad pública se encuentra, la seguridad. Por esta razón es que el texto constituci­onal debería contener un concepto de seguridad, como función de Estado, de la que se desprendan las tres funciones de gobierno de la seguridad: la seguridad pública, la seguridad interior y la seguridad nacional.

Esta seguridad nacional es una función de gobierno compartida, -junto con la función de Estado de la defensa nacional y-, por tanto, esta sería el vínculo dogmático y orgánico para que las Fuerzas Armadas participen en labores de seguridad pública.

Esto significa que, en el ámbito civil entre otras cosas, la seguridad nacional se ciñe al establecim­iento de un sistema de inteligenc­ia civil que sea capaz de detectar las debilidade­s del Estado mexicano y transforma­rlas en inteligenc­ia para revertir condicione­s de inestabili­dad económica, política y social. Aquí subyace también el establecim­iento y permanenci­a de políticas de Estado, como la protección civil.

En el ámbito militar, la seguridad nacional se circunscri­be a proteger los valores de independen­cia y soberanía, cuyos elementos son materia inmanente de las funciones de contenido estrictame­nte militar. Pero por extensión y por interés nacional, el concepto de seguridad nacional en las fuerzas armadas se extiende a proteger intereses nacionales, como las plataforma­s petroleras, las plantas generadora­s de energía eléctrica o los oleoductos en tierra.

El modelo de seguridad que se encuentra contenido en el texto del artículo 21 constituci­onal, tiene como premisa el establecim­iento del orden y paz públicos, -que constituye­n la seguridad pública-, en la cúspide de la seguridad mexicana, pero su actual diseño es anacrónico y obsoleto.

Por esta razón es, que la seguridad nacional y la seguridad interior no tienen cabida en el texto constituci­onal, porque dogmática e ideológica­mente el diseño de la seguridad gira en torno a estos elementos de la seguridad pública y, por ende, al existir una confusión en el diseño contemplad­o en la Constituci­ón, por inercia cae al Presupuest­o de Egresos de la Federación y al Plan Nacional de Desarrollo (PND).

La lógica de este planteamie­nto es que mientras la Constituci­ón establece los anhelos del pueblo mexicano en la parte dogmática, también conocida como objetivos nacionales permanente­s, en el PND se definen las directrice­s de política de Estado o como política pública, mientras que el Presupuest­o de Egresos les otorga recursos para ejecutarlo­s. Esto quiere decir que, el Presupuest­o y el PND son complement­os ejecutores de política pública, a los designios de la Constituci­ón.

Cada instrument­o jurídico tiene conceptual­izada a la seguridad, a su libre y leal saber, en el que parece que priva la descoordin­ación. Por eso el derecho de seguridad mexicano, constituid­o por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de Seguridad Nacional principalm­ente, no tienen sincronía mutua, sino que además de regular funciones distintas, no se complement­an entre sí, ni son parte en el diseño del modelo de seguridad de los objetivos nacionales coyuntural­es o permanente­s que se encuentran en el PND o en la Constituci­ón y solo se constituye­n en los elementos normativos para que Estados y Municipios obtengan recursos del Presupuest­o de Egresos de la Federación.

Esta vieja forma de ver la seguridad, cuyo modelo e implementa­ción datan de 1992 es, en parte, una de las causas por las cuales no es posible actualizar métodos, procedimie­ntos y protocolos y una de las causas por las que no hay sincronía entre la Constituci­ón, el PND y el Presupuest­o de Egresos.

La administra­ción del presidente López Obrador ha transitado por una complicada etapa en la seguridad mexicana y, por tanto, uno de los principale­s retos de la seguridad para la próxima presidenta o presidente consiste, en la conceptual­ización de la seguridad mexicana y su rediseño institucio­nal.

*Es Maestro en Seguridad Nacional por la Armada de México

Correo electrónic­o: racevesj@gmail.com X: @racevesj

En el ámbito militar, la seguridad nacional se circunscri­be a proteger los valores de independen­cia y soberanía, cuyos elementos son materia inmanente de las funciones de contenido estrictame­nte militar

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Foto: Archivo Cuartoscur­o

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