En breve, funciones de Policía a agentes viales
Aunque tras la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo estatal, el control de la Policía Vial pasó a la Secretaría de Seguridad Pública, aún están pendientes otras modificaciones legales para que los agentes viales tengan atribuciones policiales.
Durante la instalación del Consejo Estatal de Seguridad se anunció que los agentes viales tendrán jurisdicción policial, más allá de cuestiones de movilidad. Y para concretarlo se requieren reformas a la Ley de Movilidad y Transporte y a la del Sistema de Seguridad Pública, donde se especifican las nuevas funciones y atribuciones.
La nueva estructura del Poder Ejecutivo incluyó reformas para separar a la Fiscalía del mando policíaco, lo que implicó el regreso de la Secretaría de Seguridad. “El mando, coordinación y control de la Policía Vial conferidos a la Secretaría de Seguridad estarán a cargo de ésta, a partir de la entrada en vigor del decreto; en tanto que los aspectos y procesos meramente administrativos relativos a la Policía Vial continuarán a cargo de la Secretaría del Transporte”, se detalla en el artículo séptimo transitorio del mismo decreto.
En 2013, con la conformación de la súper Fiscalía, la Policía Vial se pasó a esa instancia. Pero para 2015, ésta se regresó a la Secretaría de Movilidad.