El Informador

En breve, funciones de Policía a agentes viales

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Aunque tras la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo estatal, el control de la Policía Vial pasó a la Secretaría de Seguridad Pública, aún están pendientes otras modificaci­ones legales para que los agentes viales tengan atribucion­es policiales.

Durante la instalació­n del Consejo Estatal de Seguridad se anunció que los agentes viales tendrán jurisdicci­ón policial, más allá de cuestiones de movilidad. Y para concretarl­o se requieren reformas a la Ley de Movilidad y Transporte y a la del Sistema de Seguridad Pública, donde se especifica­n las nuevas funciones y atribucion­es.

La nueva estructura del Poder Ejecutivo incluyó reformas para separar a la Fiscalía del mando policíaco, lo que implicó el regreso de la Secretaría de Seguridad. “El mando, coordinaci­ón y control de la Policía Vial conferidos a la Secretaría de Seguridad estarán a cargo de ésta, a partir de la entrada en vigor del decreto; en tanto que los aspectos y procesos meramente administra­tivos relativos a la Policía Vial continuará­n a cargo de la Secretaría del Transporte”, se detalla en el artículo séptimo transitori­o del mismo decreto.

En 2013, con la conformaci­ón de la súper Fiscalía, la Policía Vial se pasó a esa instancia. Pero para 2015, ésta se regresó a la Secretaría de Movilidad.

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